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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 236 Miércoles, 12 de diciembre de 2012 Pág. 46393

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (1026/2012).

Marta Yanguas del Valle, secretaria judicial de refuerzo del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento despido/ceses en general 1026/2012 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Sonia María Suárez Márquez contra la empresa Muebles Ciudad de Marineda, S.L. sobre despido, se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

«Sentencia.

A Coruña, 16 de noviembre de 2012.

Ana Rodríguez Piorno, magistrada jueza del Juzgado de lo Social número 4 (refuerzo) de A Coruña, dictó la presente resolución en los autos de procedimiento sobre despido 1026/2012, siendo demandante Sonia María Suárez Márquez, asistida por el letrado Sr. García Vilaboy, y demandada la empresa Muebles Ciudad de Marineda, S.L.

Dispongo:

Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por parte de Sonia María Suárez Márquez contra la empresa Muebles Ciudad de Marineda, S.L. y, en consecuencia, declaro improcedente la extinción del contrato de la actora y condeno a la empresa demandada a que, en el plazo de cinco días desde la notificación de la presente sentencia, opte entre la readmisión de la trabajadora en las mismas condiciones que regían en el momento de producirse el despido, con el abono de los salarios de tramitación que, desde la fecha del despido a la de esta resolución, ascienden a la cantidad de 2.889,60 euros, a los que habrán de añadirse los que devenguen hasta la notificación de la misma a razón de 38,02 euros diarios, y la extinción de la relación laboral, con abono a la misma de la cantidad de 532,28 euros, en concepto de indemnización, y al abono de la cantidad de 3.552,20 euros, en concepto de salarios adeudados.

Notifíquese la presente sentencia a las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado, graduado social o colegiado, o representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 300 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones que tiene abierta este juzgado, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento.

Inscríbase en el libro registro de su clase.

Así lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. La anterior sentencia fue leída y publicada por la magistrada jueza que la suscribe en el día de su fecha, de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe».

Y para que conste y sirva de notificación a Muebles Ciudad de Marineda, S.L., se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.

A Coruña, 21 de noviembre de 2012

La secretaria judicial