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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 223 Jueves, 22 de noviembre de 2012 Pág. 44069

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (1754/2008 IP).

En las actuaciones de recurso de suplicación número 1754/2008 IP-A a las que se refiere el encabezamiento, seguidas ante la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, dimanantes de los autos número 317/2007 del Juzgado de lo Social número 4 de Vigo, promovidos por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, Diego Moledo Pereira, contra el Servicio Gallego de Salud, la Tesorería General de la Seguridad Social, Mecanizados García Barreiro, S.L., Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo, sobre accidente, con fecha 13 de septiembre de 2012 se ha dictado auto por la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

La Sala acuerda. Declara la inadmisión del recurso de casación para unificación de doctrina interpuesto por la letrada María José Martínez-Fariza Conde, en nombre y representación de la Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo contra la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de fecha 27 de febrero de 2012, en el recurso de suplicación número 1754/2008, interpuesto por el Instituto Nacional de la Seguridad Social y Diego Molero Pereira, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 4 de los de Vigo de fecha 11 de enero de 2008, en el procedimiento número 317/2007, seguido a instancia de la Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Diego Molero Pereira, Mecanizados García Barreiro, S.L. y Servicio Gallego de Salud (Sergas), sobre accidente de trabajo.

Se declara la firmeza de la sentencia recurrida, con imposición de costas a la parte recurrente y pérdida del depósito constitutivo, manteniéndose el aval prestado hasta que se cumpla la sentencia o se resuelva, en su caso, la realización del mismo. Contra este auto no cabe recurso alguno. Devuélvanse los autos de instancia y el rollo de suplicación a la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de procedencia con certificación de esta resolución y comunicación. Así lo acordamos, mandamos y firmamos.

Se advierte a la parte en ignorado paradero que, en lo sucesivo, se le efectuarán las notificaciones en estrados, salvo que se trate de autos, sentencias o emplazamientos, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 59 de la Ley de procedimiento laboral.

Y para que así conste a efectos de su publicación en el Boletín Oficial de la provincia a fin de que sirva de notificación en forma a Mecanizados García Barreiro, S.L., con último domicilio conocido en el polígono industrial de Amoedo, parcela 2B, zona C, Pazos de Borbén, Pontevedra, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 30 de octubre de 2012

El secretario judicial