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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 220 Lunes, 19 de noviembre de 2012 Pág. 43383

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (RSU 3328/2012 CG).

Tipo y número de recurso: recurso de suplicación 3328/2012.

Juzgado de origen/autos: demanda 146/2012 Juzgado de lo Social número 2 de Ourense.

Recurrente: Fernando Gonçalves Fernandes.

Abogado: Antonio Valencia Fidalgo

Recurridos: Adolfo Domínguez, S.A., empresa Josefa Fernández Fernández, Diad, S.A., Adolfo Domínguez Difusión, S.L.

Abogado: Julio Negro López.

M. Socorro Bazarra Varela, secretaria judicial del Tribunal Superior de Justicia de A Coruña, hago saber:

Que en el procedimiento de recurso de suplicación 3328/2012 seguido a instancia de Fernando Gonçalves Fernandes contra Adolfo Domínguez, S.A., empresa Josefa Fernández Fernández, Diad, S.A., Adolfo Domínguez Difusión, S.L., sobre despido disciplinario, se ha dictado la siguiente resolución que copiada en los particulares necesarios dice así:

«Fallamos que desestimando el recurso de suplicación interpuesto por Fernando Gonçalves Fernandes contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 2 de Ourense de 2 de abril de 2012, debemos confirmar íntegramente la resolución recurrida.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, haciéndoles saber que contra la misma solo cabe recurso de casación para unificación de doctrina, que se preparará por escrito ante esta Sala de lo Social, dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta sentencia y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 218 y siguientes de la Ley de procedimiento laboral. Si la recurrente no estuviere exenta de depósito y consignación para recurrir, deberá ingresar».

Y para que así conste a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, a fin de que sirva de notificación en forma a la empresa Josefa Fernández Fernández y Diad, S.A., actualmente en ignorado paradero, con último domicilio conocido en el polígono industrial de San Cibrao das Viñas (Ourense), con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 24 de octubre de 2012

La secretaria judicial