Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 218 Jueves, 15 de noviembre de 2012 Pág. 42945

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Primera)

EDICTO (AP 430/2012).

José Andrés Salgado Fernández, secretario judicial de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, por este edicto, anuncio que en el recurso de apelación interpuesto por Margarita Lorenzo González, contra el Auto de 17 de enero de 2012 dictado en el procedimiento de derechos fundamentales 430/2011, por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de los de Ourense, en el que es parte apelada la Consellería de Presidencia, Administraciones Publicas y Justicia, representada y dirigida por letrado de la Xunta de Galicia, se dictó la Sentencia el 14 de marzo de 2012, y auto de aclaración de fecha 3 de septiembre de 2012, cuyo fallo de la sentencia, y parte dispositiva del auto de aclaración son del siguiente tenor literal:

«Fallamos que debemos desestimar y desestimamos el recurso de apelación interpuesto por Margarita Lorenzo González, actuando en su condición de funcionaria pública en su propio nombre y representación, contra el Auto de 17 de enero de 2012 dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Ourense, en el procedimiento de protección de derechos fundamentales de la persona número 430/2011, con expresa imposición de costas a la parte recurrente limitadas hasta la cantidad máxima de 800 por lo que se refiere a los honorarios de letrado. Notifíquese a las partes y entréguese copia al Ministerio Fiscal, haciéndoles saber que la misma es firme, y que contra ella las personas y entidades a que se refiere el artículo 100 de la Ley 29/1998, de 13 julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, podrán interponer el recurso de casación en interés de ley del artículo citado, dentro del plazo de los tres meses siguientes a su notificación. Asimismo, podrán interponer contra ella cualquier otro recurso que estimen adecuado a la defensa de sus intereses. Para admitir a trámite el recurso, al interponerse deberá constituirse en la cuenta de depósitos y consignaciones de este tribunal (1570 0000 85 0234 12 24) el depósito al que se refiere la disposición adicional decimoquinta de la Ley orgánica 1/2009, de 3 de noviembre (BOE nº 266, de 4 de noviembre); y, en su momento, devuélvase el expediente administrativo a su procedencia, con certificación de esta resolución. Así lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

«La sala acuerda aclarar de oficio la sentencia de fecha cuatro de julio en el sentido que el Auto de fecha de 17 enero de 2012 ha sido dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de los de Ourense».

Y, como consecuencia del ignorado paradero de Margarita Lorenzo González, se expide este edicto para que sirva de cédula de notificación.

A Coruña, 26 de septiembre de 2012

José Andrés Salgado Fernández
Secretario judicial