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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 208 Miércoles, 31 de octubre de 2012 Pág. 40954

III. Otras disposiciones

Consellería de Trabajo y Bienestar

ORDEN de 23 de octubre de 2012 por la que se modifica el plazo de justificación del programa IV de la Orden de 31 de diciembre de 2011 por la que se procede a la convocatoria de ayudas de los programas de fomento del empleo en empresas de economía social y de promoción del cooperativismo para el año 2012 (DOG número 13, de 19 de enero de 2012).

En el Diario Oficial de Galicia número 13, del jueves 19 de enero de 2012, se publicó la Orden de 31 de diciembre de 2011 por la que se procede a la convocatoria de ayudas de los programas de fomento del empleo en empresas de economía social y de promoción del cooperativismo para el año 2012.

En el artículo 4, párrafo segundo, se establece que «La fecha máxima de justificación de las acciones subvencionadas será el 31 de octubre de 2012 para la primera anualidad y el 31 de mayo de 2013 para la segunda».

Diversas dificultades de carácter técnico, así como el retraso producido por la ampliación de la dotación presupuestaria efectuada mediante la Orden de 18 de septiembre de 2012, por la que se modifica la Orden de la Consellería de Trabajo y Bienestar de 31 de diciembre de 2011, por la que se procede a la convocatoria de ayudas de los programas de fomento de empleo en empresas de economía social y de promoción del cooperativismo para el año 2012 y se procede al incremento de la dotación presupuestaria, provocaron que la fase de instrucción se prolongase más allá de las fechas inicialmente previstas, lo que afecta a los plazos de resolución de las solicitudes.

Por tal motivo, con el fin de garantizar la mayor eficacia posible de la convocatoria de las referidas ayudas, es necesario adaptar el plazo de justificación de las ayudas del programa IV: fomento de acceso a la condición de socio/a trabajador/a, ya que por causas sobrevenidas resulta de difícil cumplimiento.

De acuerdo con lo anterior, vista la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba su reglamento,

DISPONGO:

Artículo único

Se modifica el artículo 4, párrafo segundo, de la Orden de 31 de diciembre de 2011 por la que se procede a la convocatoria de ayudas de los programas de fomento del empleo en empresas de economía social y de promoción del cooperativismo para el año 2012, que queda redactado como sigue:

«La fecha máxima de justificación de las acciones subvencionadas será, para los programas I, II, III y V, el 31 de octubre de 2012 para la primera anualidad y el 31 de mayo de 2013 para la segunda y, para el programa IV, el 15 de noviembre de 2012 para la primera anualidad y el 31 de mayo de 2013 para la segunda».

Disposición final

Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 23 de octubre de 2012

Beatriz Mato Otero
Conselleira de Trabajo y Bienestar