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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 203 Miércoles, 24 de octubre de 2012 Pág. 40097

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña

EDICTO (1319/2011).

María Jesús Hernando Arenas, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento de despido/ceses en general 1319/2011 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Luiz Carlos Ferreira dos Santos contra la empresa Fransan Eurotrans, S.L., sobre despido, se ha dictado sentencia cuyo fallo dice:

«Que debo estimar y estimo la demanda que en materia de cantidad ha sido interpuesta por Luiz Carlos Ferreiro dos Santos contra la empresa Fransan Eurotrans, S.L. y, en consecuencia, debo condenar y condeno a empresa Fransan Eurotrans, S.L. a que abone al actor 12.803,95 euros por los conceptos expuestos en el fundamento jurídico primero de esta resolución.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber su derecho a interponer contra la misma recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual podrán anunciar por comparecencia o por escrito ante este juzgado en el plazo de cinco días a partir de su notificación.

Si el recurso es interpuesto por la parte demandada no se admitirá el mismo sin la previa consignación del importe de la condena, que deberá ingresar en la cuenta del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, abierta en el grupo Banesto, número 47570000 código 36 y número expediente, más 300 euros del depósito especial indicado en el artículo 229.1.a) de la LRJS. Ambos ingresos deberán efectuarse por separado en la misma cuenta corriente antes indicada, pudiendo la empresa sustituir el importe de la consignación por la constitución a disposición de este juzgado de aval bancario por tiempo indefinido y con responsabilidad solidaria del avalista. Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación a la empresa Fransan Eurotrans, S.L., en ignorado paradero, extiendo y firmo este edicto.

A Coruña, 2 de octubre de 2012

La secretaria judicial