Juan Rey Pita, secretario judicial del Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña, hace saber que en los autos de procedimiento ordinario 888/2010 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Zenaida Docampo García contra la empresa María Esperanza Obrador Bennasar sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
«A Coruña, 18 de septiembre de 2012.
Carlos Villarino Moure magistrado juez del Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña tras haber visto los presentes autos sobre ordinario entre partes, de una y como demandante Zenaida Docampo García que comparece asistida por el letrado Fernando José Méndez Sanjurjo y de otra como demandado la empresa María Esperanza Obrador Bennasar que no comparece.
Fallo que estimando la demanda formulada por Zenaida Docampo Garica contra la empresa María Esperanza Obrador Bennasar condeno a la misma a abonarle la cantidad de 1.819,50 €, que le adeuda en concepto de salarios y demás conceptos.
Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella no cabe recurso alguno.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por el magistrado que la dictó, hallándose celebrando audiencia pública en el día de la fecha, de lo que doy fe».
Y para que sirva de notificación en legal forma a la empresa María Esperanza Obrador Bennasar expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.
A Coruña, 25 de septiembre de 2012
El secretario judicial