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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 196 Lunes, 15 de octubre de 2012 Pág. 39262

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Noia

EDICTO (33/2012).

María Isabel Parajó Martínez, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Noia, por el presente anuncio:

En el presente procedimiento ordinario seguido a instancia de María Laranga Maneiro frente a María Vázquez Laranga, Elena del Mar Vázquez Fariña, José Antonio Torres Romero, Víctor Manuel Torres Romero, Juan Ramón Torres Romero y José María Vázquez Alonso se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

«Sentencia.

Parte demandante: María Laranga Maneiro y Dolores Vázquez Laranga, quienes actúan en nombre y beneficio de la comunidad de herederos de Benjamín Vázquez Alonso, y María del Carmen Torres Romero, quien actúa en nombre y beneficio de la comunidad de herederos de María Dolores Vázquez Alonso.

Procuradora: Teresa Maneiro Ces.

Letrado: Manuel Blanco-Ons Fernández.

Parte demandada: María Vázquez Laranga, Elena del Mar Vázquez Fariña, José Antonio Torres Romero, Víctor Manuel Torres Romero, Juan Ramón Torres Romero y José María Vázquez Alonso, declarados en situación de rebeldía procesal.

Noia, 31 de julio de 2012.

Fallo que, estimando íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora Sra. Maneiro Ces, actuando en nombre y representación de María Laranga Maneiro y Dolores Vázquez Laranga, quienes actúan en nombre y beneficio de la comunidad de herederos de Benjamín Vázquez Alonso, y de María del Carmen Torres Romero, quien actúa en nombre y beneficio de la comunidad herederos de su abuela María Dolores Vázquez Alonso, contra María Vázquez Laranga, Elena del Mar Vázquez Fariña, José Antonio Torres Romero, Víctor Manuel Torres Romero, Juan Ramón Torres Romero y José María Vázquez Alonso, en situación de rebeldía procesal; debo declarar y declaro:

– Que corresponde a Dolores Vázquez Alonso, por sucesión de su madre, Dolores Alonso Olveira, la titularidad sobre la mitad indivisa atribuida a esta última en las fincas número 361 y 616 del plano general de concentración parcelaria de San Vicente de Noal, descritas como sigue:

Finca número 361 del plano general de concentración parcelaria de San Vicente de Noal, al sitio de Moreiras, municipio de Porto do Son, con la superficie de catorce áreas y sesenta centiáreas. Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Noia como finca 7.937, folio 191, libro 93, tomo 657, inscripción 1ª.

Finca número 616 del plano general de la concentración parcelaria de San Vicente de Noal, al sitio de Pedregal, municipio de Porto do Son, con la superficie de cuarenta y siete áreas. Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Noia como finca 8.415, folio 169, libro 95, tomo 659, inscripción 1ª.

– Que corresponde a Benjamín Vázquez Alonso, por sucesión de su madre, Dolores Alonso Olveira, la titularidad sobre la mitad indivisa atribuida a esta última en las fincas número 440 y 654 del plano general de la concentración parcelaria de San Vicente de Noal, descritas como sigue:

Finca número 440 del plano general de la concentración parcelaria de San Vicente de Noal, al sitio de Cortiña Longa, municipio de Porto do Son, con la superficie de dos áreas y sesenta centiáreas. Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Noia como finca 8.085, folio 89, libro 94, tomo 658, inscripción 1ª.

Finca número 654 del plano general de la concentración parcelaria de San Vicente de Noal, al sitio de Seán, municipio de Porto do Son, con la superficie de dieciocho áreas y diez centiáreas. Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Noia como finca 8.487, folio 241, libro 95, tomo 659, inscripción 1ª.

Y debo condenar y condeno a los demandados a estar y pasar por estas declaraciones, y mando cancelar los asientos registrales que expresan que la mitad indivisa de las expresadas fincas corresponde a Dolores Alonso Olveira e inscribir las mismas a favor de sus respectivos titulares, de conformidad con lo declarado.

Todo ello con expresa imposición de las costas procesales a la parte demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de A Coruña. El recurso se interpondrá en este juzgado dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente a la notificación.

Así lo acuerda, manda y firma María Paz Rumbao Pérez, magistrada jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Noia y de su partido».

Y, encontrándose dicho demandado, José María Vázquez Alonso, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Noia, 5 de septiembre de 2012

La secretaria judicial