Intentada la notificación personal y devuelta por el servicio de Correos por resultar imposible su práctica, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, por la presente cédula se notifica a la empresa relacionada en el anexo la resolución recaída en el expediente sancionador en materia de seguridad y salud laboral.
Se hace saber que contra la misma cabe formular recurso de alzada, en el plazo de un mes a contar desde su publicación, ante la conselleira de Trabajo y Bienestar, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Santiago de Compostela, 13 de septiembre de 2012
Odilo Martiñá Rodríguez
Director general de Relaciones Laborales
ANEXO
Empresa: Metal Fh Rosal, S.L.
Dirección: Barro-A Cumieira de Abaixo, s/n. 36778 O Rosal. Pontevedra.
Expediente: 2007/0045-0.
Acta de infracción: 769/2007/4/H.
Fecha de resolución de la dirección general: 25 de junio de 2012.
Preceptos infringidos: artículo 27 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales, artículo 1.f) del Decreto de 26 de julio de 1957, sobre trabajos prohibidos a mujeres y menores por peligrosos e insalubres y artículos 14.1, 15.1.a) y d), 15.2 y 17.1 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, y artículo 3.1 y 3.4 del Real decreto 1215/1997, de 18 de julio, en relación con lo dispuesto en su anexo II, 1.1, 1.7 y 1.8.
Preceptos sancionadores: artículo 13.2 del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social.
Sanción impuesta: 0 €.