María Adelaida Egurbide Margañón, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 267/2012 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de María Penélope Fernández Sánchez, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo fallo dice:
«Que debo estimar y estimo la demanda que, en materia de cantidad, ha sido interpuesta por Mª Penélope Fernández Sánchez contra la empresa Nueva Despensa, S.L., y, en consecuencia, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone a la actora la suma de 2.284,21 euros por los conceptos expuestos en el fundamento jurídico primero de esta resolución, incrementada con el interés del 10 % por mora aplicable a los conceptos salariales.
Con intervención del Fondo de Garantía Salarial.
Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
Y para que sirva de notificación a la empresa Nueva Despensa, S.L., en ignorado paradero, extiendo y firmo el presente edicto.
A Coruña, 31 de julio de 2012
La secretaria judicial