Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 152 Jueves, 9 de agosto de 2012 Pág. 32122

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (1271/2009).

Marta Yanguas del Valle, secretaria de refuerzo del Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña hago saber que en los autos registrados con el número 1271/2009, seguido a instancia de Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social y Cos Coruña, S.L. se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y parte dispositiva es la siguiente:

«Sentencia.

A Coruña, 5 de julio de 2012.

Ana Rodríguez Piorno, magistrada jueza del Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña, en funciones de refuerzo, dictó la presente resolución en los autos de procedimiento sobre reintegro de prestaciones 1271/2009. Es demandante Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo, con la representación de la letrada Sra. Vidal Rodríguez, y demandados la empresa Cos Coruña, S.L., así como el Instituto General de la Seguridad Social (INSS) y Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), con la representación del letrado de la Administración de la Seguridad Social Sr. González Quintas.

Dispongo que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por parte de Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo contra la empresa Cos Coruña, S.L., así como contra el Instituto General de la Seguridad Social y contra la Tesorería General de la Seguridad Social, y, en consecuencia, declaro la responsabilidad directa y principal de la empresa Cos Coruña, S.L. en el abono de las prestaciones de incapacidad temporal y de los gastos de asistencia sanitaria satisfechos a los trabajadores Juan Trigo Caamaño, Miguel Remuiñán Vázquez y José Manuel Bello Mato por accidente de trabajo, así como la subsidiara del Instituto Nacional de la Seguridad Social, como Fondo de garantía de accidentes de trabajo, en el concreto supuesto de insolvencia declarada de la empresa, y de la Tesorería General de la Seguridad Social, como Fondo de reaseguro, y condeno a la empresa Cos Coruña, S.L. al abono a favor de Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo de la cantidad de 1.588,24 euros, con responsabilidad subsidiaria del Instituto Nacional de la Seguridad Social, así como de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Notifíquese la presente sentencia a las partes.

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno.

Así lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. La anterior sentencia fue leída y publicada por la magistrada jueza que la suscribe en el día de su fecha, de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe».

Y para que sirva de notificación a Cos Coruña, S.L., se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.

A Coruña, 11 de julio de 2012

La secretaria judicial