Marta Yanguas del Valle, secretaria judicial de refuerzo del Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 725/2010 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Juan Jose Castiñeira Castiñeira contra la empresa Clave Escoplo, S.L. sobre ordinario, se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
«Sentencia.
A Coruña, 11 de julio de 2012.
Ana Rodríguez Piorno, magistrada jueza del Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña, en funciones de refuerzo, dictó la presente resolución en los autos de procedimiento sobre reclamación de cantidad 725/2010. Es demandante Juan José Castiñeira Castiñeira, representado por el letrado Sr. Nogueira Esmorís; y demandada la empresa Clave Escoplo, S.L., habiendo sido citado, de la misma manera, el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa).
Decido que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por parte de Juan José Castiñeira Castiñeira contra la empresa Clave Escoplo, S.L., y, en consecuencia, condeno a esta última a abonar a Juan José Castiñeira Castiñeira la cantidad de 1.147,73 euros que adeuda, cantidad, ésta que deberá incrementarse con el interés de mora del 10 %.
No procede la condena del Fondo de Garantía Salarial en esta instancia, sin perjuicio de la responsabilidad que se le pueda imputar con posterioridad.
Notifíquese la presente sentencia a las partes.
Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno.
Así lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación. La anterior sentencia fue leída y publicada por la magistrada jueza que la suscribe en el día de su fecha, de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe».
Y para que conste y sirva de notificación a Clave Escoplo, S.L., expido la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y su fijación en el tablón de anuncios de este juzgado.
A Coruña, 22 de julio de 2012
La secretaria judicial