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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 151 Miércoles, 8 de agosto de 2012 Pág. 31768

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (1824/09-GA).

M. Socorro Bazarra Varela, secretaria judicial de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento recurso de suplicación número 1824/09-GA de esta sección, seguido a instancia de Antonio González Álvarez, Julio Tenorio Abal, Jorge Conde Alfonso, José Ángel Suárez Oujo, Manuel Costa González, José Carlos Fernández Blanco, Ramiro Francisco Guedella, Julio Veloso Villar, José Luis Rodríguez Serantes, Antonio Rodríguez de la Cruz, Miguel Rodríguez Velacruz, Francisco Pérez Figueroa contra Sociedad Estatal de Estiba y Desestiba de Buques del Puerto de Vigo, Confederación Intersindical Galega (CIG), César Vaz Pintos, José A. Doval Collazo, José Luis Collazo González, Enrique Freiría Fernández, Juan Carlos Piñeiro Ogando, Víctor Manuel Pérez Rodríguez, Santiago Rojo Moreira, Guillermo Agustí García, José Javier Rodríguez Fernández, Antonio Román Landeiro, José Manuel Rodríguez Pérez, Francisco Alonso López, Eduardo Tierra Fernández, Iván Correa Fernández, José Rodríguez Vázquez, Marcos Domínguez Rivera, David Portasany Carballido, Óscar Pérez Entenza, José A. Cotón Garrido, Alberto Riesco Davila, Roberto Rivera Rodeiro, José Luis Rial Pozo, Álvaro Valiño Armada, Francisco Valiño Armada, Adrián Fernández Fernández, Pablo Marín Gómez, Julio Pérez Sanjuán, Ricardo Estévez Pérez, Cristian Freiría Vila, Aitor Vila Rodríguez, Rafael González González, José Lago Álvarez, Jonathan González Pacio, Alejandro Guisande Freiría, UGT (Unión General de Trabajadores), CC.OO. (Comisiones Obreras), Comisión mixta III y IV acuerdo marco para regulación rel. lab. sect. portuario, Puertos del Estado, Anesco, Coordinadora Estatal de Trabajadores del Mar, LAB, sobre otros derechos laborales, con fecha diecinueve de julio de dos mil doce se ha dictado la resolución cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Fallamos:

«Desestimamos el recurso de suplicación interpuesto por la representación letrada de José Carlos Fernández Blanco, José Luis Rodríguez Serantes, Julio Beloso Villar, Manuel Costa González, Julio Tenorio Abal, Ramiro Francisco Guedella, Francisco Pérez Figueroa, Jorge Conde Alfonso, Antonio González Álvarez, Miguel Rodríguez de la Cruz, José Ángel Suárez Oujo y Antonio Rodríguez de la Cruz, contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 5 de Vigo, de 3 de diciembre de 2008, en autos número 546/2008, que confirmamos.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, haciéndoles saber que contra la misma solo cabe recurso de casación para unificación de doctrina que se preparará por escrito ante esta Sala de lo Social, dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta sentencia y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley reguladora de la jurisdicción social. Si la recurrente no estuviere exenta de depósito y consignación para recurrir, deberá ingresar:

– La cantidad objeto de condena en la c/c de esta sala en el banco Banesto, nº 1552 0000 80 (nº recurso) (dos últimas cifras del año).

– El depósito de 600 euros en la c/c de esta sala nº 1552 0000 37 (nº recurso) (dos últimas cifras del año).

Una vez firme, expídase certificación para constancia en el rollo que se archivará en este tribunal, incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias, previa devolución de los autos al juzgado de lo social de procedencia.

Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Y para que así conste a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia a fin de que sirva de notificación en forma a LAB, actualmente en ignorado paradero, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 19 de julio de 2012

La secretaria judicial