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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 146 Miércoles, 1 de agosto de 2012 Pág. 30762

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 34 de Madrid

EDICTO (1011/2011).

Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo Social número 34 de Madrid, hago saber que en el procedimiento demanda 1011/2011 de este juzgado (y acumulado 361/2012 del Juzgado de lo Social número 30 de Madrid), seguidos a instancia de Ignacio Arranz Menager contra la empresa Soportes Publicitarios Móviles, S.L., se ha dictado sentencia de fecha 5 de julio de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

«Fallo que debo estimar la demanda interpuesta por Ignacio Arranz Menager contra Soportes Publicitarios Móviles, S.L.y, a su tenor, previa declaración de improcedencia, debo declarar resuelta la relación laboral en la fecha de esta resolución judicial y condenar a la demandada a que satisfaga al demandante las siguientes sumas: nueve mil setecientos sesenta y dos euros con cuarenta centimos de euro por el concepto de indemnización extintiva, mil trescientos cincuenta y nueve euros por el concepto de indemnización por falta de preaviso y siete mil doscientos cuarenta y ocho euros por la reclamación de cantidad.

Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse ante este juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o graduado social o su representante, al hacerle la notificación de aquélla, de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia, o por escrito de las partes, de su abogado o graduado, o de su representante, dentro del plazo indicado».

Y para que sirva de notificacion en legal forma a Soportes Publicitarios Móviles, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este juzgado salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Madrid, 6 de julio de 2012

El secretario judicial