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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 146 Miércoles, 1 de agosto de 2012 Pág. 30757

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (1025/2012 MAY).

Tipo y número de recurso: recurso de suplicación 1025/2012 MAY.

Juzgado de origen/autos: demanda 740/2009 Juzgado de lo Social nº 4 de A Coruña.

Recurrente: Pablo Rey Pazos.

Recurridos: Unidad Editorial Información Deportiva, S.L.U., Recoletos Grupo de Comunicación, S.A.

M. Socorro Bazarra Varela, secretaria judicial de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de A Coruña, hago saber:

Que en el procedimiento de recurso de suplicación 1025/2012-MAY de esta sección, seguido a instancia de Pablo Rey Pazos contra la empresa Unidad Editorial Información Deportiva, S.L.U., Recoletos Grupo de Comunicación, S.A., sobre despido disciplinario, se ha dictado la siguiente resolución:

«Diligencia de ordenación del/de la secretario/a judicial. M. Socorro Bazarra Varela. A Coruña, 11 de julio de 2012. El anterior escrito presentado por la letrada Leirós Barciela el 10.7.2012 ante la Oficina de Registro y Notificaciones del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en nombre y representación de Pablo Rey Pazos, se une al recurso de su razón. Se tiene por preparado el recurso de casación para unificación de doctrina y se concede a la parte recurrente el plazo de quince días para interponer el recurso ante esta sala, haciéndole saber que los autos se encuentran a su disposición en la oficina judicial para su entrega o examen si lo considera necesario y que deberá señalar un domicilio para notificaciones en la sede del Tribunal Supremo, salvo que ya lo hubiera designado. Requiérase a la recurrente para que aporte en el momento de interposición del recurso certificación de la/s sentencia/s que invoca con expresión de su firmeza. Notifíquese a las partes haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno sin perjuicio de que la parte recurrida pueda oponerse a la admisión del recurso al personarse ante el Tribunal Supremo. Lo acuerdo y firmo. Doy fe».

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que así conste a efectos de su publicación en el DOG a fin de que sirva de notificación en forma a la empresa Recoletos Grupo de Comunicación, S.A., expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 11 de julio de 2012

La secretaria judicial