Juan Rey Pita, secretario judicial del Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 644/2010 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Martín Barca Guillín contra la empresa Ingeniería de Comunicación Sigüeiro, S.L. sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
«A Coruña, 12 de junio de 2012.
Carlos Villarino Moure, magistrado juez del Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña tras haber visto los presentes autos sobre ordinario entre partes, de una y como demandante Martín Barca Guillín que comparece asistida por la letrada Vanessa Amarelle Guillín y de otra, como demandado, Ingeniería de Comunicación Sigüeiro, S.L. que no comparece pese a estar citada en legal forma.
Fallo que estimando la demanda formulada por Martín Barca Guillín contra la empresa Ingeniería de Comunicación Sigüeiro, S.L., condeno a la misma a abonarle la cantidad de 2.980,42 euros, que le adeuda en concepto de salarios y demás conceptos con los intereses conforme al artículo 29.3 del Estatuto de los trabajadores.
Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella no cabe recurso alguno.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por el magistrado que la dictó, hallándose celebrando audiencia pública en el día de la fecha de lo que doy fe».
Y para que sirva de notificación de Ingeniería de Comunicación Sigüeiro, S.L. se expide el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.
A Coruña, 10 de julio de 2012
El secretario judicial