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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 144 Lunes, 30 de julio de 2012 Pág. 30290

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural y del Mar

ANUNCIO de 3 de julio de 2012, de la Jefatura Territorial de Lugo, por el que se anuncia la toma de posesión provisional de fincas de reemplazo en la zona de concentración parcelaria de Fanoi (Abadín).

Finalizada la publicación del acuerdo de concentración parcelaria de la zona de Fanoi (Abadín-Lugo) y una vez resueltos los recursos presentados, la Dirección General de Desarrollo Rural resolvió dar posesión provisional de las nuevas fincas, estableciendo como fecha límite para esta el día 30 de septiembre de 2012, para todo tipo de cultivos, excepto para los árboles que será el 31 de diciembre de 2012. Dicha toma de posesión es obligatoria para todas las personas interesadas y se entiende sin perjuicio de las rectificaciones que procedan como consecuencia de los recursos que prosperen (artículo 44 de la Ley de concentración parcelaria para Galicia). En el caso de que algún/alguna propietario/a no permita la toma de posesión de las fincas de reemplazo, en el plazo indicado, será objeto, previo apercibimento, de compulsión directa, tal y como establece el artículo 45 de la Ley de concentración parcelaria para Galicia.

Según establece el artículo 46 da Ley de concentración parcelaria para Galicia de 14 de agosto de 1985, las personas interesadas podrán reclamar, ante esta jefatura territorial, sita en la ronda de la Muralla, 70-1º, bajo, de Lugo, acompañando dictamen pericial, sobre diferencias superiores al dos por ciento entre la cabida real de las nuevas fincas y la que conste en el expediente de concentración, en el plazo de sesenta días naturales, contados desde el 1 de octubre de 2012.

Asimismo, se comunica que la posesión de las fincas de reemplazo otorga a las personas que en el acuerdo de concentración figuren como adjudicatarias, los medios de defensa establecidos en las leyes.

En relación con los árboles existentes en las fincas se recomienda, en la medida de lo posible, llegar a un acuerdo entre la persona aportante y la adjudicataria. En caso contrario, podrán ser retiradas por los/as propietarios/as de las parcelas de contribución teniendo como fecha límite el 31 de diciembre de 2012, después de la petición al Servicio de Montes del preceptivo permiso e informe favorable del Servicio de Conservación de la Naturaleza, en el caso de ser especies autóctonas protegidas y demás permisos y autorización que, según el caso, establezca la normativa vigente. Transcurrido el referido plazo, se entiende que pertenecen al/a la propietario/a de la nueva finca.

Lugo, 3 de julio de 2012

José Ramón Losada Fernández
Jefe territorial de Lugo