María Adelaida Egurbide Margañón, secretaria de lo Social número 2 de A Coruña hago saber que en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancia de José Antonio Barcia Gómez contra Galeserga, S.L. y Fogasa, en reclamación por ordinario, registrado con el número 29/2010, se ha acordado notificar a Galeserga, S.L., en ignorado paradero, el fallo de la sentencia recaída en el presente procedimiento:
«Fallo que estimando en parte la demanda interpuesta por José Antonio Barcia Gómez contra la empresa Galeserga, S.L., la condeno a que le abone la cantidad de novecientos sesenta y siete euros y ochenta y cinco céntimos (967,85 €).
Asimismo, absuelvo al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de su responsabilidad subsidiaria en los casos previstos en el artículo 33 del Estatuto de los trabajadores.
Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que la misma es firme.
Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».
Y para que sirva de notificación a Galeserga, S.L., se expide la presente cédula para su publicación en el DOG.
A Coruña, 9 de julio de 2012
La secretaria judicial