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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 143 Viernes, 27 de julio de 2012 Pág. 30082

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña

EDICTO (53/2010).

María Adelaida Egurbide Margañón, secretaria del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña hago saber que en el proceso seguido a instancia de Francisco Javier Martínez Ferreiro contra Ceipser, S.L., en reclamación por ordinario, registrado con el número 53/2010, se ha acordado notificar a Ceipser, S.L., en ignorado paradero, el fallo de la sentencia recaída en el presente procedimiento:

«Fallo que estimando la demanda interpuesta por Javier Martínez Ferreiro contra la empresa Ceipser, S.L., la condeno a que le abone la cantidad de cinco mil setecientos euros y sesenta céntimos (5.700,60€).

Asimismo, absuelvo al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de su responsabilidad subsidiaria en los casos previstos en el artículo 33 del Estatuto de los trabajadores.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme, y frente a ella cabe formular recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución. De ser recurrente la empresa demandada, deberá acreditar mediante la exhibición ante este juzgado el resguardo acreditativo de haber depositado la cantidad objeto de condena en la cuenta de este juzgado, abierta en Banesto, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, en la cual se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista, debiendo acreditar también en la indicada cuenta la consignación de la suma de 300 euros preceptivos para recurrir, sin cuyo cumplimiento no se tendrá por anunciado el recurso.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación a Ceipser, S.L., se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

A Coruña, 9 de julio de 2012

La secretaria judicial