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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 111 Martes, 12 de junio de 2012 Pág. 22882

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de A Coruña

EDICTO (737/2011).

María Blanco Aquino, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 1 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 737/2011 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Montserrat Villa Villota contra la empresa White-Wise Corporation, S.L., sobre ordinario, se ha dictado Sentencia de fecha 18 de mayo de 2012, cuyo fallo se adjunta:

«Fallo que estimando la demanda interpuesta por María Monserrat Villa Villota, con DNI 51911470X contra la empresa White-Wise Corporation, S.L., debe declarar y declaro que la relación laboral entre las partes se inició el 1 de noviembre de 2010 y finalizó el 29 de abril de 2011, condenando a la demandada a estar y pasar por la anterior declaración, así como al abono de los salarios adeudados correspondientes a dicho periodo, por un total de 8.283,42 euros brutos, con el interés por mora del 10%.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, anunciándolo mediante escrito o comparecencia ante este juzgado en el plazo de cinco días contados a partir del siguiente a su notificación. De ser recurrente, la empresa demandada deberá acreditar, mediante la exhibición ante este juzgado el resguardo acreditativo de depositar la cantidad objeto de condena (clave de ingreso 1531 60) en la cuenta de este juzgado abierta en Banesto, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, en el cual se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista, debiendo acreditar también en la indicada cuenta (clave de ingreso 1531 34) la consignación de la suma de 300 euros preceptiva para recurrir, sin cuyo cumplimiento no se tendrá por anunciado el recurso.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a White-Wise Corporation, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

A Coruña, 23 de mayo de 2012

La secretaria judicial