La directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, en fecha 30 de abril de 2012, dictó resolución mediante la que se apercibe a José Manuel Rodríguez Montero de la ejecución forzosa de la Resolución de 4 de marzo de 1998, recaída en el expediente número SIL/78/2012 (S-73/1997), por la que se le ordenó devolver los terrenos al estado anterior a la ejecución de las obras de construcción de una edificación de planta baja y alpendre aislado dentro de la servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre, en el lugar de playa de Postiña-Fornos, término municipal de Cariño (A Coruña).
Al no poder realizarse la notificación personal, mediante la presente cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se notifica al interesado dicho apercibimiento.
Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se hace saber al interesado que el texto íntegro del apercibimiento que se le notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, sita en el Edificio Witland, 1er piso-Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de diez (10) días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de ésta cédula. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.
Contra este apercibimento no cabe interponer recurso alguno.
Para que conste y sirva de notificación al destinatario arriba indicado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5º de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, expido y firmo esta cédula.
Santiago de Compostela, 23 de mayo de 2012
José María Domínguez Blanco
Subdirector de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística