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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 107 Miércoles, 6 de junio de 2012 Pág. 21870

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña

EDICTO (4/2011).

María Adelaida Egurbide Margañón, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento de Seguridad Social 4/2011 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Manuel Mazas Palla contra la empresa Maderas Vilacoba, S.L., el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, sobre Seguridad Social, se ha dictado la siguiente resolución, cuyo fallo es el siguiente:

«Fallo que, estimando en parte la demanda interpuesta por Manuel Mazas Palla contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social y la empresa Maderas Vilacoba, S.L., reconozco su derecho a una pensión de jubilación, con efectos del día 3.9.2010, del 84% de la base reguladora de 251,04 euros, con responsabilidad de la empresa de asumir a su cargo el 12% de la prestación y sin perjuicio de la obligación de anticipo por parte de la entidad gestora, y condeno a los demandados a pasar por la presente declaración y a los respectivos abonos de la indicada prestación, que se hará efectiva en los términos reglamentarios y con los incrementos y revalorizaciones que en derecho procedan.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme, y frente a ella cabe formular recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Maderas Vilacoba, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

A Coruña, 15 de mayo de 2012.

La secretaria judicial