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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 91 Lunes, 14 de mayo de 2012 Pág. 18085

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña

EDICTO (770/2011).

Ana María Carrasco García, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, doy fe y certifico que en este juzgado se siguen autos número 770/2011 a instancia de Daniel Díaz de la Iglesia contra Dygra Films, S.L., sobre cantidad, en los que recayó sentencia el 16 de abril de 2012 que, copiada en los particulares necesarios, dice así:

«Fallo que debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por Daniel Díaz de la Iglesia, asistido del letrado Gonzalo Morán Méndez, contra la entidad Dygra Films, S.L. y, en consecuencia, debo condenar y condeno a la citada demandada a que abone al actor la cantidad de 7.887,83 euros, por los salarios impagados de marzo y abril de 2011, incluido ya el interés por mora del 10% previsto en el artículo 29.3 del ET.

Notifíquese esta resolución a las partes a las que se hará saber que la misma no es firme y contra ella cabe interponer recurso de suplicación para ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, debiendo anunciarlo ante este juzgado en el plazo de cinco días a contar desde la notificación de esta sentencia, del que conocerá, en su caso, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, tal como establece el artículo 188 y siguientes del texto refundido de la ley, aprobado por Real decreto legislativo 2/1995, de 7 de abril, pasados los cuales quedará firme y se procederá a su archivo y, en el propio término, si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita, deberá al anunciar el recurso entregar resguardo acreditativo de haber consignado la cantidad objeto de condena en la cuenta de depósitos y consignaciones que este juzgado tiene abierta en el Banesto de esta ciudad.

E igualmente deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 300 euros en concepto de depósito especial para recurrir en la cuenta 15340000650077011.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia a fin de que sirva de notificación en forma a la empresa Dygra Films, S.L., expido y firmo la presente.

A Coruña, 16 de abril de 2012.

La secretaria judicial