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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 91 Lunes, 14 de mayo de 2012 Pág. 18081

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (RSU 4012/2008-MJ).

En las actuaciones de recurso de suplicación número 4012/2008-MJ a las que se refiere el encabezamiento, seguidas ante la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, dimanantes de los autos número 70/2008 del Juzgado de lo Social número 3 de Vigo, promovidos por Ángeles Duran López contra Jorge Lago Lago, Dualca Porriño, S.L., sobre accidente, con fecha dieciocho de abril de 2012 se ha dictado la resolución cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

«Fallamos desestimamos el recurso de suplicación interpuesto por la representación procesal de María Ángeles Duran López contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 3 de Vigo de fecha 18.4.2008, a instancia de la recurrente contra el INSS, TGSS, Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo, Ibermutuamur, Dualca Porriño, S.L. y Jorge Lago Lago, y confirmamos la sentencia de instancia.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, haciéndoles saber que contra la misma solo cabe recurso de casación para unificación de doctrina, que se preparará por escrito ante esta Sala de lo Social, dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta sentencia y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley reguladora de la jurisdicción social. Si la recurrente no estuviere exenta de depósito y consignación para recurrir, deberá ingresar:

– La cantidad objeto de condena en la c/c de esta Sala en el banco Banesto, n.º 1552 0000 80 (n.º de recurso) (dos últimas cifras del año).

– El depósito de 600 euros en la c/c de esta Sala n.º 1552 0000 37 (n.º de recurso) (dos últimas cifras del año).

Una vez firme, expídase certificación para constancia en el rollo que se archivará en este tribunal incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias, previa devolución de los autos al Juzgado de lo Social de procedencia.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Se advierte a las partes en ignorado paradero que, en lo sucesivo, se le efectuaran las notificaciones en estrado, salvo que se trate de autos, sentencia o emplazamientos, de acuerdo con la prevenido en el artículo 59 de la Ley de procedimiento laboral.

Y para que así conste a efectos de su publicación en el DOG a fin de que sirva de notificación en forma a Jorge Lago Lago, Dualca Porriño, S.L., con último domicilio conocido en el lugar de As Sobráns, 157 de Mos y en c/ Manuel Rodríguez 22, piso bajo, O Porriño, respectivamente, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 18 de abril de 2012.

La secretaria judicial