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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 89 Jueves, 10 de mayo de 2012 Pág. 17502

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural y del Mar

ORDEN de 4 de abril de 2012 por la que se declara de urgente tramitación el procedimiento de reordenación de los polígonos del distrito marítimo de O Grove, provincia marítima de Vilagarcía (Pontevedra).

Por Orden del Ministerio de Comercio de 14 de febrero de 1974 (BOE núm. 75, de 28 de marzo) se crearon, entre otros, los polígonos de viveros denominados «A», «B», «C», «D», «E», «F», «G» y «H» del distrito marítimo de O Grove, provincia marítima de Vilagarcía.

Por Orden de la Consellería de Pesca, Marisqueo y Cultivos Marinos de 1 septiembre de 1986 (DOG núm. 184, de 23 de septiembre) fue declarado de interés marisquero y urgente ejecución el procedimiento de revisión y reordenación de los polígonos «D», «E», «G» y «H» de O Grove en la provincia marítima de Vilagarcía, a los que posteriormente se añade el polígono «C» mediante la Orden de 19 de septiembre de 1986 (DOG núm. 6, de 12 de enero de 1987). Asimismo, la revisión y reordenación de los polígonos «A», «B», «F» de O Grove en la provincia marítima de Vilagarcía, fue declarado de interés marisquero y urgente ejecución por Orden de la Consellería de Pesca, Marisqueo y Cultivos Marinos de 23 de enero de 1987 (DOG núm. 24, de 5 de febrero).

En aplicación de lo señalado en la disposición reguladora, finalizada la publicación del acuerdo de reordenación, la Dirección General de Marisqueo y Acuicultura señaló las fechas y condiciones en las que se efectuaría el traslado al nuevo emplazamiento de los viveros, aunque debido a la aparición de causas sobrevenidas en las nuevas áreas de cultivo el fondeo de los viveros en las cuadrículas asignadas en el acuerdo no se pudo llevar a efecto.

Con la finalidad de solventar la problemática surgida y dentro del objetivo de alcanzar un desarrollo eficaz y sostenible en la zona marítima, el Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión de 4 de febrero de 2010, dispuso entre otras medidas la de que se llevase a cabo una nueva reordenación de los polígonos de viveros del distrito marítimo de O Grove.

Por todo ello, esta consellería, de acuerdo con lo regulado en el artículo 20 del Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia,

DISPONE:

Artículo 1.

Se declara de urgente tramitación el procedimiento de reordenación de los polígonos de viveros del distrito marítimo de O Grove, provincia marítima de Vilagarcía (Pontevedra).

Artículo 2.

El procedimiento se llevará a cabo conforme a lo establecido en el capítulo II del título II del Decreto 423/1993, de 17 de diciembre, por el que se refunde la normativa vigente en materia de marisqueo, extracción de algas y cultivos marinos (DOG núm. 13, de 20 de enero de 1994), en aplicación de lo señalado en el artículo 20 del Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia.

Artículo 3.

El procedimiento de reordenación será obligatorio para todos los propietarios o titulares de los viveros situados dentro de los límites de los polígonos señalados en el artículo 1, de conformidad con lo previsto en el apartado 2 del artículo 30 del Decreto 423/1993, de 17 de diciembre.

Disposición final primera.

Se autoriza a la Secretaría General del Mar para dictar cuantas instrucciones sean necesarias para el desarrollo de esta orden.

Disposición final segunda.

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 4 de abril de 2012.

Rosa María Quintana Carballo
Conselleira del Medio Rural y del Mar