Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 78 Martes, 24 de abril de 2012 Pág. 15000

V. Administración de justicia

Audiencia Provincial de Pontevedra (Sección Tercera)

EDICTO (323/2009).

En el presente procedimiento seguido a instancia de Óscar Pisón Fernández, César Pisón Fernández, Irene Pisón Fernández, Fátima da Silva Ribeiro, Marcelino Curras Domínguez frente a José Piñeiro Orosa, Francisco Álvarez Prol, Pedro Marcelino Álvarez Prol, María del Carmen Pintado García, Antonio Ángel Pintado García, Jesús Freire Pichín, José Pérez Lorenzo, Rodolfo Martínez Montenegro, José Martínez Martínez, Apolinar Martínez Rodríguez, Carlos González Sánchez, José Manuel González Sánchez, María Victoria González Sánchez, Comunidad de Carmelitas Descalzas de la Provincia de Castilla La Vieja, Carmen Pico Lozoya, Javier Rogelio Ferrín Iglesias, María Jesús Ferrín Iglesias, Eduardo Ferrín Iglesias, Antonio Silveira Pérez, Manuel Álvarez Calzón, Trinidad Baloiras Fuentes, Fernando Javier Gutiérrez Hernández, herederos de Lino Laso, herederos de Carmen Gómez Fernández, Miguel Rodríguez Rios, herederos de Fernando Javier Gutiérrez Hernández, Enrique Canosa Caridad, Santiago Souto Casal, herederos de Luis Gaspar Varela, Purificación Rodríguez Lamas, Mari del Carmen Charlín Paz, José Daniel Álvarez Prieto, herederos de Manuel Barreiro Romero, María Salud González Navarro, José Antonio Martínez González, Carlos Martín González, Miguel Martín González, Ana María Peira Pardal, María América López Rodríguez, Ramón Rivero Pérez, Eugenio Cantano Redondo, Estrella Boyano Gómez, Rafael Portela Arzúa, herederos de Fernando Juan Duque, herederos de Jesús Fernández Pérez, Agustín López Cao, Jesús Santiago Iglesias Pedrido, José Luis Santorum Santorum, Elena Guinea González, Construcciones Deresur, Pilar Sánchez-Galiano Aguilar, María Isabel Sánchez-Galiano Aguilar, María Sánchez-Galiano Aguilar, Adalua, María Mercedes Sánchez-Galiano Aguilar, Urbanizadora A Nosa Terra, se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

«La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Pontevedra, compuesta por los magistrados Antonio-J. Gutiérrez R.-Moldes, presidente, Jaime Esain Manresa y Francisco-Javier Romero Costas, ha pronunciado, en nombre del Rey, la siguiente:

Sentencia número 138/2011.

En Pontevedra a treinta de marzo de dos mil once.

Visto el recurso de apelación contra la sentencia recaída en los autos de juicio de procedimiento ordinario número 219/01, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Cambados (rollo de sala número 323/09) en el que son partes como apelantes Óscar Pisón Fernández, César Pisón Fernández, Irene Pisón Fernández y Fátima da Silva Ribeiro, que se personaron en esta instancia representados por la procuradora Lourdes Martínez Cabrera, formulándose oposición e impugnación al mismo por Enrique Canosa Caridad, que se personó en esta instancia representado por el procurador José Portela Leirós; y como apelados Jesús Santiago Iglesias Pedrido, Francisco Álvarez Prol, Pedro Marcelino Álvarez Prol, Rafael Portela Arzúa, José Piñeiro Orosa, Jesús Freire Pichín, Antonio Ángel Pintado García, María del Carmen Pintado García, Eduardo Ferrín Iglesias, Javier Rogelio Ferrín Iglesias, María Jesús Ferrín Iglesias, María Pilar Ferrín Iglesias, Pilar Sánchez-Galiano Aguilar, María Isabel Sánchez-Galiano Aguilar, María Mercedes Sánchez-Galiano Aguilar, Adalua, S.L., que se personaron en esta instancia representados por la procuradora María del Amor Angulo Gascón; Construcciones Deresur, S.L., que se personó en esta instancia representada por la procuradora Sandra del Río Fernández; Trinidad Baloiras Fuentes, que se personó en esta instancia representada por la procuradora Carmen Torres Álvarez; Urbanización A Nosa Terra, S.A., que se personó en esta instancia representada por el procurador José Portela Leirós, Agustín López Cao, José Luis Santorum Santorum, Miguel Rodríguez Rios, Ana María Pereira Pardal, Ramón Rivero Pérez, Eugenio Cantano Redondo, Estrella Boyano Gómez, José Pérez Lorenzo, Rodolfo Martínez Montenegro, María del Carmen Charlín Paz, Elena Guinea González, María Salud González Navarro, José Antonio Martínez González, Carlos Martín González, Miguel Martín González, Santiago Souto Casal, José Martínez Martínez, José Manuel González Sánchez, Carlos González Sánchez, María Victoria González Sánchez, Fernando Javier Gutiérrez Hernández, Comunidad de Carmelitas Descalzas de la Provincia de Castilla La Vieja, Carmen Pico Lozoya, María América López Rodríguez, Antonio Silveira Pérez, Apolinar Martínez Rodríguez, Ana María Pereira Pardal, herederos de Lino Laso, herederos de Carmen Gómez Fernández, herederos de Fernando Javier Gutiérrez Hernández, herederos de Luis Gaspar Varela, herederos de Manuel Barreiro Romero, herederos de Fernando Juan Duque, herederos de Jesús Fernández Pérez, Purificación Rodríguez Lamas, José Daniel Álvarez Prieto y Manuel Álvarez Calzón, siendo ponente Antonio-J. Gutiérrez R.-Moldes.

(Siguen los hechos y los razonamientos jurídicos).

Fallamos que estimamos el recurso de apelación promovido por la representación de Óscar Pisón Fernández, César Pisón Fernández, Irene Pisón Fernández y Fátima da Silva Ribeiro, así como la impugnación formulada por la representación de Enrique Canosa Caridad y con revocación de la sentencia apelada acordamos:

Primero. Desestimamos la demanda inicial interpuesta por la representación de José Piñeiro Arosa, Francisco Álvarez Prol, Pedro Marcelino Álvarez Prol, María del Carmen y Antonio-Ángel Pintado García y Jesús Freire Pichín y declaramos no haber lugar a la acción de división de cosa común ejercitada.

Segundo. Estimamos la demanda reconvencional presentada por la representación de Enrique Canosa Caridad y declaramos que la parcela número 30 de la Urbanización O Carreiro, descrita en el hecho séptimo de su demanda, pertenece a la sociedad de gananciales de Enrique Canosa Caridad y María del Carmen Fernández Gómez, correspondiéndoles también una cuota de participación de 1,035% en el dominio de los espacios y elementos comunes de la finca O Carreiro descrita en el hecho segundo.

Tercero. Estimamos en parte la demanda reconvencional formulada por la representación de Óscar Pisón Fernández, César Pisón Fernández, Irene Pisón Fernández y Fátima da Silva Ribeiro y declaramos el dominio de esta parte sobre la parcela número 50 de 975 m2 de superficie útil descrita y reconocida gráficamente en la escritura de compraventa de 7 de enero de 1977.

Cuarto. No se hace expresa imposición de costas en ninguna de las instancias.

Notifíquese esta resolución a las partes personadas en la forma establecida en el artículo 248.4 de la LOPJ.

Firme esta resolución, expídase testimonio de la misma y remítase junto con los autos al juzgado de procedencia, tomándose las oportunas notas en los libros de registro de esta sección.

Así, por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación al rollo de sala, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Y encontrándose los apelados herederos de Luis Gaspar Varela de la Escalera, Purificación Rodríguez Lamas y Ana M. Pardal Pereira en paradero desconocido, se expide el presente edicto, a fin de que sirva de notificación en forma a los mismos.

Pontevedra, 16 de junio de 2011.

El secretario judicial