Para conocimiento general, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 72 y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, se hace público que la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, con fecha 22 de septiembre de 2011, pronunció la sentencia número 843/2011, dictada en el procedimiento ordinario n.º 4082/2008, interpuesto por Antonio Boullón Juanatey, Juan Boullón Juanatey y Bandaseca, S.L., sentencia que en su parte dispositiva literalmente dice:
«Estimamos en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Antonio Boullón Juanatey, Juan Boullón Juanatey y Bandaseca, S.L. contra la Orden de 25 de octubre de 2007, de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Transportes, por la que se dio aprobación definitiva al Plan General de Ordenación Municipal de A Pobra do Caramiñal y anulamos dicha resolución en lo que se refiere a la inclusión en el polígono A.R. POL.1 de la vivienda n.º 15 del Paseo do Areal y de la parte de la finca en la que radica, que está en la zona destinada a equipamiento, y declaramos que ese inmueble debe ser clasificado como suelo urbano consolidado y excluido del polígono. En lo demás desestimamos el recurso. No se hace imposición de costas».
La citada sentencia fue declarada firme.
Santiago de Compostela, 26 de marzo de 2012.
M.ª Encarnación Díaz Rivas
Secretaria general de Ordenación del Territorio y Urbanismo