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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 66 Miércoles, 4 de abril de 2012 Pág. 12105

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 2 de Santiago de Compostela

EDICTO (519/2008).

María del Carmen Vázquez Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Santiago de Compostela, por el presente

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En el presente procedimiento de divorcio contencioso 519/2008 seguido a instancia de Carlos Soto Feáns frente a Carmen María Bonilla Almonte se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

«Sentencia 142/2011.

Santiago de Compostela, 7 de septiembre de 2011.

Vistos por mí Jesús Gómez Sánchez, magistrado juez del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Santiago de Compostela, los autos 519/2008 de divorcio contencioso, interpuesto por Carlos Soto Feáns, representado por la procuradora de los tribunales Raquel Ceinos Real y asistido del letrado Rafael Moreda, contra Carmen María Bonilla Almonte, declarada en situación de rebeldía procesal.

Fallo.

Se estima íntegramente la demanda interpuesta por Carlos Soto Feáns, representado por la procuradora de los tribunales Raquel Ceinos Real, contra Carmen María Bonilla Almonte, y se declara disuelto por divorcio el matrimonio formado entre Carlos Soto Feáns y Carmen María Bonilla Almonte, con todos los efectos legales inherentes a este pronunciamiento.

En relación a las medidas personales y patrimoniales solicitadas por las partes se acuerda lo siguiente:

– Se atribuye el uso del domicilio conyugal, sito en la avenida de Ferrol, 62, portal 2, 1.º A, de Santiago de Compostela, al demandante Carlos Soto Feáns.

– Se declara disuelto el régimen económico matrimonial de sociedad de gananciales.

– No se realiza expresa imposición de costas.

Firme la presente resolución, líbrese exhorto al Registro Civil de Santiago de Compostela para llevar a cabo la anotación correspondiente.

Esta resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación. El recurso se preparará mediante escrito presentado en este juzgado en el plazo de cinco días, a contar desde la notificación de la misma, advirtiendo de la necesidad de constitución de depósito en la cuenta de depósitos y consignaciones del juzgado, en los términos indicados en la disposición adicional quinta de la LOPJ.

Así se acuerda y firma».

Y encontrándose dicha demandada, Carmen María Bonilla Almonte, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a la misma.

Santiago de Compostela, 30 de septiembre de 2011.

María del Carmen Vázquez Rodríguez
Secretaria judicial