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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 65 Martes, 3 de abril de 2012 Pág. 11878

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 2 de A Coruña

EDICTO (1904/2009).

Carlota Fernández Ambrós, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia número 2 de A Coruña, doy fe y testimonio que en los autos de juicio ordinario tramitados por este juzgado bajo el número 1904/2009, ha recaído sentencia cuya parte dispositiva y fallo disponen lo siguiente:

«En A Coruña a 19 de diciembre de 2011. Vistos por M.ª Estefanía Cambón Rodríguez, magistrada-jueza del Juzgado de Primera Instancia número 2 de A Coruña, los autos de juicio ordinario número 1904/2009, seguidos en virtud de demanda presentada por la procuradora de los tribunales Sra. Rodríguez Arroyo, en nombre y representación de Banco de Santander, S.A., bajo la dirección letrada de Jorge Castro Díaz, frente a Claudemar Teles da Rosa, en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad.

Decido que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por la procuradora de los tribunales Sra. Rodríguez Arroyo, en nombre y representación de Banco de Santander, S.A., frente a Claudemar Teles da Rosa, en situación procesal de rebeldía, y debo condenar y condeno al demandado a abonar a la actora la cantidad de 15.175,21 euros de principal, más los intereses legales desde la interpelación judicial. Todo ello con imposición al demandado de las costas causadas.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de apelación ante este tribunal dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente al de su notificación, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronuncwiamientos que impugna (art. 458.1 y 2 LEC, en redacción dada por la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal). Asimismo, deberá acreditar haber consignado el depósito de 50 euros en la oportuna entidad de crédito y en la cuenta de depósitos y consignaciones abierta a nombre del juzgado, conforme establece la disposición adicional decimoquinta de la Ley orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, por la que se modifica la Ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, del poder judicial».

Y para que conste y su notificación en la forma prevista en el artículo 497 de la Ley 1/2000, de enjuiciamiento civil, al demandado Claudemar Teles da Rosa, cuyo actual paradero resulta ser desconocido, expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 13 de enero de 2012.

A secretaria judicial