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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 57 Jueves, 22 de marzo de 2012 Pág. 10073

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 1 de Pontevedra

EDICTO (575/2010).

En el procedimiento de referencia se dictó la resolución literal siguiente:

Sentencia: 161/2011.

Procedimiento ordinario 575/2010.

En Pontevedra a 26 de septiembre de 2011.

Yo María Ángeles González de los Santos, magistrada jueza del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Pontevedra y su partido, habiendo visto los presentes autos de juicio ordinario 575/2010, seguidos a instancia de Banco Santander S.A., representado por el procurador Pedro Sanjuán Fernández y defendido por el letrado José Iglesias Ares, contra Construcciones A.V. Casal, S.L., Emilio Francisco Gestoso, Francisco Dacosta Abilleira, José Manuel Pérez Pombo y Rodrigo Vázquez Cabanelas, ha dictado, en nombre del rey, lo siguiente:

«Fallo que debo estimar la demanda presentada por el procurador Pedro Sanjuán Fernández, en nombre y representación de Banco Santander, S.A., contra Construcciones A.V. Casal, S.L., Emilio Francisco Gestoso Carabia, Francisco Dacosta Abilleira, José Manuel Pérez Pombo y Rodrigo Vázquez Cabanelas y, en consecuencia, debo condenar solidariamente a los demandados a pagar al demandante la cantidad de 72.234,50 euros, con el interés del artículo 576 de la Ley de enjuiciamiento civil.

Las costas procesales se imponen a los demandados».

Notifíquese la presente sentencia a las partes y hágaseles saber que no es firme y que contra ella pueden interponer recurso de apelación, que se preparará por escrito ante este juzgado dentro del plazo de los cinco días siguientes al de su notificación, previo depósito de la cantidad de 50 euros en la cuenta de consignaciones y depósitos de este juzgado.

Al no conocer el domicilio de Construcciones A.V. Casal, S.L., y Rodrigo Vázquez Cabanelas, se dicta esta resolución para que sirva de cédula de notificación de la sentencia.

Pontevedra, 21 de diciembre de 2011.

La secretaria