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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 48 Jueves, 8 de marzo de 2012 Pág. 8476

IV. Oposiciones y concursos

Universidad de Vigo

RESOLUCIÓN de 27 de febrero de 2012 por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión de una plaza de la categoría de técnico especialista de análisis instrumental.

Este rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 20 de la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre (BOE de 24 de diciembre), de universidades, y conforme a lo dispuesto en los estatutos de la Universidad de Vigo, aprobados mediante el Decreto 7/2010, de 14 de enero, del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Galicia y de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución de 22 de julio de 2009 (DOG de 5 de agosto) por la que se aprobó la oferta pública de empleo para el año 2009, resuelve convocar pruebas selectivas para la provisión de una plaza de la categoría de técnico especialista de análisis instrumental de la Universidad de Vigo con arreglo a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir, mediante contrato en régimen laboral de naturaleza fija, una plaza de la categoría de técnico especialista de análisis instrumental, del grupo III del II Convenio colectivo del personal laboral de administración y servicios de la Universidad de Vigo, para ser cubierta por el sistema de acceso libre.

1.2. El procedimiento de selección será el de concurso-oposición y constará de las fases, pruebas y calificaciones que se especifican en el anexo I.

1.3. El programa que regirá las pruebas de la fase de oposición es el que se relaciona en el anexo II.

1.4. Las presentes pruebas selectivas se ajustarán a lo dispuesto en la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades; en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto básico del empleado público, en los estatutos de la Universidad de Vigo, y supletoriamente en el Decreto legislativo 1/2008, de 13 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la función pública de Galicia y en los reglamentos que desarrollan las dos leyes anteriores; en el II Convenio colectivo para el personal laboral de administración y servicios de la Universidad de Vigo y en lo dispuesto en la presente convocatoria.

2. Requisitos.

La admisión estará supeditada a que las personas aspirantes posean los siguientes requisitos en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y los mantengan hasta la firma del correspondiente contrato:

a) Tener nacionalidad española, de algún Estado miembro de la Unión Europea o de algún Estado al que, en virtud de los tratados internacionales ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores/as en los términos establecidos por la Ley 7/2007, de 12 de abril.

También podrán participar quien sea cónyuge de español/a y de nacionales de países miembros de la Unión Europea o de aquellos a los que le resulte de aplicación la libre circulación de trabajadores/as, en virtud de un tratado internacional suscrito por la Unión Europea y ratificado por España, siempre que no estén separados/as de derecho. En las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de esta edad que vivan a sus expensas.

Asimismo, podrán presentarse las personas extranjeras con residencia legal en España.

b) Haber cumplido 16 años de edad y no exceder de 65 años.

c) Estar en posesión del título de bachiller o equivalente; en el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

d) Haber abonado las tasas por derechos de examen.

e) No padecer enfermedad ni estar afectado/a por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

f) No haber sido separada o estar suspendida del servicio de cualquier Administración pública ni inhabilitada para el desempeño de la función pública por sentencia firme. Las personas aspirantes que no tengan nacionalidad española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidas a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

3. Solicitudes.

3.1. Para tomar parte en estas pruebas selectivas se deberá presentar una instancia en el modelo oficial que deberá ser cumplimentada a través de la página electrónica, en la siguiente dirección:

http://www.uvigo.es/servizos/pas/index.gl.htm > Empleo > Convocatorias generales > Solicitud de admisión en pruebas selectivas

Habrá que cumplimentarla siguiendo las indicaciones que figuran en esta misma base, cubriendo todos los campos obligatorios, validándolos y confirmándolos. La aplicación informática asignará a cada instancia un número de referencia identificativo único.

Una vez cubierta la instancia, se imprimirán tres ejemplares que deberán ser firmados por la persona solicitante y presentados en la entidad bancaria donde se formalice el abono de las tasas de inscripción, en los que deberá figurar impresión, sello o documento justificativo del ingreso. Uno de estos ejemplares servirá de recibo para la persona interesada, otro se entregará en la entidad bancaria correspondiente y el tercero deberá presentarse ante el rectorado de la Universidad de Vigo, de acuerdo a lo regulado en el apartado siguiente.

3.2. El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia (DOG). Las solicitudes se presentarán en el Registro General de la Universidad de Vigo (edificio de la Gerencia, Campus Universitario, 36310 Vigo), en los registros auxiliares de los Campus de Ourense (Unidad Administrativa), Campus de Pontevedra (Escuela de Ingeniería Forestal) y Vigo (c/ Torrecedeira, n.º 86) o según las restantes formas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. Las solicitudes suscritas en el extranjero se podrán cursar a través de las representaciones diplomáticas y consulares españolas correspondientes.

3.3. Los derechos de examen serán de 30,41 euros y el pago deberá efectuarse únicamente dentro del plazo de presentación de solicitudes en la cuenta corriente 2080 0501 12 3110000112, Novagalicia Banco, O.P.-Vigo, Universidad de Vigo. Tasas. El pago se realizará directamente en las oficinas de la citada entidad, utilizando para ello el impreso de solicitud, o mediante transferencia bancaria en la que deberá constar obligatoriamente el nombre, apellidos y DNI o pasaporte de la persona interesada, el código 0709PL305 y la categoría técnico especialista de análisis instrumental.

En ningún caso la mera presentación de la solicitud y el pago en la entidad bancaria supondrá la sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.

3.4. No obstante, disfrutarán de exención o bonificación de la tasa anterior:

I. Exención:

a) Las personas con una discapacidad igual o superior al 33%, aportando con la solicitud un dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de minusvalía.

b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante, al menos, seis meses antes de la fecha de publicación en el DOG de esta convocatoria y no estén percibiendo prestación o subsidio por desempleo. El certificado acreditativo de estos extremos se solicitará en el Servicio Público de Empleo y deberá presentarse junto con la solicitud.

c) Las familias numerosas de categoría especial. Esta condición se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.

II. Bonificación: las familias numerosas de categoría general tendrán una bonificación del 50%. Se acreditará como en el supuesto anterior.

3.5. Con la instancia se adjuntará, necesariamente, siendo motivo de exclusión la falta de alguno de ellos:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad; quien no posea nacionalidad española y tenga derecho a participar deberá presentar fotocopia del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del/de la nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar separado/a de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que la persona aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

b) Justificante de haber abonado las tasas de inscripción o documentación acreditativa del derecho a la exención o bonificación en los términos expresados en la base 3.4.

3.6. Hasta la fecha de finalización del plazo de reclamaciones contra la relación provisional de personas admitidas y excluidas, pero referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, se podrán acreditar los méritos alegados del siguiente modo:

a) Los servicios prestados en la Universidad de Vigo se acreditarán mediante certificación expedida de oficio por el Servicio de Personal de Administración y Servicios.

b) La formación se acreditará mediante la presentación de copia compulsada de los títulos y diplomas correspondientes, o certificación del órgano competente de estar en condiciones de obtenerlos en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Deberán indicar la duración y el programa.

c) De conformidad con lo establecido en la base 6.5 de la convocatoria, las personas aspirantes quedarán exentas de la realización de la prueba previa de acreditación de conocimiento del castellano si con la solicitud adjuntan copia compulsada del diploma de español de nivel B2 (intermedio) o C2 (superior) o del certificado de aptitud en español para personas extranjeras expedido por las escuelas oficiales de idiomas. En otro caso, les será de aplicación lo previsto en dicha base.

3.7. Al cubrir la solicitud deberá indicar:

a) El sistema de ingreso por el que solicita acceder: acceso general libre.

b) El importe de las tasas de incripción que le correspondan (importe íntegro, exención o bonificación).

c) Si padece alguna discapacidad podrá solicitar las adaptaciones de tiempos y medios que consideren necesarias para la realización de las pruebas; a este fin, el dictamen médico citado en la base 3.4.a) deberá ser suficientemente explicativo para que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no de las adaptaciones solicitadas.

d) Quien haya prestado servicios en la Universidad de Vigo deberá hacerlo constar para que se emita de oficio la certificación prevista en la base 3.6.a).

e) El interés en formar parte de una lista de espera para futuras necesidades de contratación temporal en plazas de esta categoría. De no indicarlo expresamente, se considerará que no desea figurar en ella.

3.8. Los errores de hecho que pudiesen advertirse, podrán ser rectificados en cualquier momento, de oficio o a petición de la persona interesada. Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hiciesen constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido en la base 4.1. Transcurrido este plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza, salvo causa excepcional sobrevenida, justificada y discrecionalmente apreciada por la universidad.

3.9. De conformidad con lo dispuesto en la Ley 8/1989, de 13 de abril, de tasas y precios públicos, procederá la devolución de las tasas de participación cuando no se realice el hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo, debiendo la persona interesada solicitar la devolución y aportando los datos necesarios para la transferencia bancaria correspondiente. Por lo tanto, no procederá la devolución en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable a la persona interesada.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes el Rectorado de la Universidad de Vigo dictará resolución, en el plazo de un mes, que se publicará en el DOG, declarando aprobada la relación provisional de personas admitidas y excluidas, con expresión de las causas que motivaron la exclusión y el plazo de enmienda de los posibles defectos, que será de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de dicha resolución.

4.2. Quién, dentro del plazo señalado, no enmiende la exclusión o alegue la omisión, justificando su derecho a la inclusión en la relación de personas admitidas, será definitivamente excluido/a de la realización de las pruebas mediante resolución, que se publicará en el DOG.

4.3. En todo caso, con el objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, para posibilitar su enmienda en tiempo y forma, las personas aspirantes comprobarán fehacientemente no sólo que no figuran en la lista de personas excluidas, sino que sus nombres constan correctamente en la de admitidas.

5. Tribunal.

5.1. El tribunal calificador de estas pruebas tendrá la composición que se detalla en el anexo III y tendrá la categoría tercera de las recogidas en el Decreto 144/2001, de 7 de junio (DOG de 25 de junio).

5.2. El personal que integre el tribunal deberá abstenerse de intervenir, notificándoselo al rectorado de la universidad, cuando concurran en él las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992 o si hubieran participado en tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas dentro de los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. Las personas aspirantes podrán recusar a los/as miembros del tribunal cuando concurran dichas circunstancias.

En el acto de constitución, la presidencia solicitará de cada miembro del tribunal declaración expresa de no encontrarse incurso/a en las circunstancias previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992.

5.3. Tras la convocatoria de la presidencia, se constituirá el tribunal con la asistencia de quien ejerza ésta y la secretaría, o en su caso, de quien los/as sustituyan, y la mitad, al menos, de los/as restantes miembros. En esta sesión, el tribunal acordará todas decisiones que le correspondan para el correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.4. A los efectos de realización de sesiones, deliberaciones y adopciones de acuerdos, se requerirá la asistencia de los/las miembros del tribunal que se especifican en el punto anterior.

5.5. El tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos. El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará a lo dispuesto en la Ley 30/1992.

5.6. El tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de personal asesor especialista, limitándose su labor a prestar colaboración en sus especialidades técnicas. La designación se hará por el Rectorado de la Universidad de Vigo, a propuesta del tribunal, y les será de aplicación lo previsto en la base 5.2. Asimismo, cuando el número de participantes lo haga conveniente, podrá solicitar del rectorado la designación de personal colaborador.

5.7. El tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en los que resulte necesario, de forma que las personas aspirantes con minusvalías disfruten de similares condiciones para la realización de los ejercicios al resto de aspirantes. Para las personas con minusvalía que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.7., se establecerán las adaptaciones posibles en tiempo y medios. A tal efecto, el tribunal podrá solicitar justificación documental y los informes sanitarios o técnicos correspondientes.

5.8. El tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios escritos que no deban ser leídos sean corregidos sin que se conozca la identidad de las personas aspirantes y excluirá a quien consigne en las hojas de examen marcas o signos que permitan conocer su identidad.

5.9. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el tribunal tendrá su sede en la Gerencia de la Universidad de Vigo, Campus Universitario, teléfono 986 81 37 62 (Servicio de Personal de Administración y Servicios, edificio de la Gerencia).

5.10. En ningún caso el tribunal podrá aprobar ni declarar que superaron el concurso-oposición un número superior de aspirantes al de la plaza convocada. Cualquier propuesta que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios.

6.1. El orden de actuación de las personas aspirantes se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra Z, de conformidad con la Resolución de la Consellería de Hacienda de 7 de febrero de 2012 (DOG de 14 de febrero).

6.2. Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio en un único llamamiento y decaerán en su derecho las que no comparezcan, excepto en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y libremente considerados por el tribunal. En cualquier momento, el tribunal podrán requerir a las personas aspirantes que acrediten su identidad.

6.3. El primer ejercicio de la fase de oposición se realizará a partir de la primera quincena de junio de 2012; el lugar, fecha y hora de celebración se publicará junto con la relación definitiva de personas admitidas y excluidas. La publicación de los sucesivos anuncios de realización de los ejercicios será efectuada por el tribunal en los lugares donde se hubiera realizado el anterior, en el tablón de anuncios de la Gerencia y en la dirección electrónica indicada en la base 9.1., con 48 horas de antelación, por lo menos, a la fecha señalada para su inicio. El proceso selectivo deberá estar concluido antes del 31 de diciembre de 2012.

6.4. Tras cada ejercicio, se entregarán los cuestionarios y, en las pruebas tipo test, el tribunal publicará las respuestas correctas en el lugar donde se hubieran celebrado así como en la dirección electrónica indicada en la base 9.1.

6.5. En cualquier momento del proceso selectivo, si el tribunal tuviese conocimiento de que alguna de las personas aspirantes carece de los requisitos exigidos en esta convocatoria, tras la audiencia de la persona interesada, deberá proponer su exclusión al Rectorado de la Universidad de Vigo, comunicándole también las inexactitudes y falsedades hechas por el/la aspirante en su solicitud a los efectos oportunos.

7. Relación de personas aprobadas.

7.1. Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, el tribunal hará pública en los lugares de su realización, en el tablón de anuncios de la Gerencia y en la página electrónica, la relación de aspirantes que lo superasen, con indicación de la puntuación obtenida y del nombre.

7.2. Las personas aspirantes dispondrán de tres días hábiles, contados a partir del siguiente a la realización de cada ejercicio, para presentar reclamaciones contra las preguntas formuladas.

Dispondrán de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente al de publicación de las puntuaciones de cada ejercicio para presentar reclamaciones contra éstas.

También dispondrán de cinco días hábiles para reclamar contra las puntuaciones de la fase de concurso, contados a partir del siguiente al de su publicación.

7.3. Finalizada la fase de oposición, y para quien la superase, el tribunal hará públicos los puntos obtenidos en la fase de concurso, que en ningún caso podrán sumarse a los efectos de superar los ejercicios de la oposición.

La calificación final del proceso selectivo vendrá dada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y concurso. Los empates se resolverán conforme a los siguientes criterios: tendrá preferencia el candidato o candidata con mayor puntuación en el conjunto de la fase de oposición; a continuación, quién obtenga la mayor puntuación en el segundo ejercicio de la fase de oposición, en el primero, en el conjunto de la fase de concurso, y en cada uno de sus apartados en el orden en que se relacionen; finalmente, se resolverá por sorteo entre las personas aspirantes igualadas.

7.4. Resueltas las reclamaciones y finalizado el proceso selectivo, la presidencia del tribunal elevará al rectorado la relación definitiva con la persona aprobada, en la que constarán las calificaciones de la fase de concurso y de cada uno de los ejercicios de la fase de oposición y la suma total. Esta relación en ningún caso podrá contener un número de candidatos o candidatas superior al de las plazas convocadas.

No obstante lo anterior, con el objetivo de asegurar la cobertura de las plazas convocadas en el caso de renuncias o en el supuesto previsto en la base 8.2, el órgano que convoca podrá requerirle al órgano de selección una relación con las personas candidatas que sigan a las propuestas.

7.5. Con la finalidad de configurar la correspondiente lista de espera, una vez finalizado el proceso selectivo y para quien así lo indicase en su solicitud de participación, el tribunal valorará los méritos de la fase de concurso de las personas aspirantes que superaran, por lo menos, uno de los ejercicios obligatorios de la fase de oposición, elaborando y remitiendo a la Gerencia una relación con todas ellas, ordenadas según la puntuación final obtenida de la suma de ambas fases.

8. Presentación de documentos.

8.1. En el plazo de 20 días naturales a partir del siguiente a aquel en que se haga pública la relación definitiva con la persona que superara el proceso selectivo, ésta deberá presentar en el Registro General de la Universidad de Vigo los siguientes documentos:

a) Fotocopia del título académico; en el caso de titulación extranjera, se presentará credencial de su homologación, de no haberla presentado anteriormente.

b) Declaración jurada o promesa de no estar separada mediante expediente disciplinario de ninguna Administración pública, ni estar inhabilitada para el ejercicio de funciones públicas. Las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidas a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública. Se podrá utilizar el modelo que figura en el anexo IV.

c) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni estar afectada por limitación física o psíquica que imposibilite el desempeño de las correspondientes funciones.

8.2. Si dentro del plazo fijado, excepto caso de fuerza mayor debidamente justificado, no presentase la documentación o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrá ser contratada, y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial, formulándose propuesta a favor de la persona candidata siguiente en el orden de prelación, siempre que hubiera superado la fase de oposición.

8.3. La persona aspirante seleccionada deberá superar satisfactoriamente un período de prueba de 1 mes, de conformidad con lo previsto en el II Convenio colectivo para el personal laboral de la Universidad de Vigo y en el Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo (BOE de 29 de marzo), por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del estatuto de los trabajadores.

9. Norma final.

9.1. Con independencia de los lugares que singularmente se indican, los actos y acuerdos que integren este proceso selectivo se publicarán en el tablón de anuncios del Registro General de la Universidad de Vigo (edificio de la Gerencia, Campus Universitario, 36310 Vigo), que servirá de referencia a los efectos de cómputo de plazos y notificaciones a las personas interesadas. Igualmente, se les dará publicidad en la página electrónica del Servicio de PAS de la Universidad de Vigo: http://www.uvigo.es/servicios/pas/index.gl.htm > Empleo > Convocatorias generales

Además, se podrá obtener información y realizar consultas telefónicamente a través del Negociado de Selección y Provisión (986 81 37 62) o bien por correo electrónico, en la siguiente dirección: consultapas@uvigo.es

9.2. De acuerdo con el dispuesto en la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal (LOPD), los datos indicados en la solicitud pasarán a formar parte del fichero de personal, modificado mediante la Resolución rectoral de 9 de febrero de 2009 (DOG de 6 y 12 de marzo), que tiene por finalidad la gestión del personal de la Universidad de Vigo. El fichero está bajo la responsabilidad de la Gerencia. Con su participación en este proceso las personas interesadas autorizan a la Universidad de Vigo para publicar sus datos, de acuerdo con los principios de publicidad y transparencia, cuando así se derive de la naturaleza de este proceso de concurrencia competitiva. Asimismo, podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, en cumplimiento de lo que establece la LOPD ante la Secretaría General de la Universidad de Vigo (Campus das Lagoas-Marcosende, 36310 Vigo).

9.3. Esta convocatoria y sus bases vinculan a la Administración, al tribunal encargado de juzgar las pruebas y a las personas que participen en ellas.

La convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del tribunal podrán ser impugnados en los casos y en las formas establecidas en la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. Además, la Universidad de Vigo podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del tribunal de acuerdo con lo previsto en dicha ley.

Vigo, 27 de febrero de 2012.

Salustiano Mato de la Iglesia
Rector de la Universidad de Vigo

ANEXO I
Ejercicios y valoración

A) Fase de oposición:

La fase de oposición estará constituida por los siguientes ejercicios:

Primero. Consistirá en la realización por escrito de un cuestionario tipo test, constituido por 80 preguntas con cuatro respuestas alternativas, de las que sólo una será correcta. Cada respuesta errónea descontará el 25% del valor de la respuesta correcta. El tribunal incluirá cinco preguntas de reserva. El tiempo máximo de realización será de 100 minutos. Tendrá carácter obligatorio y eliminatorio. Se calificará con un máximo de 35 puntos, y será necesario obtener 17,5 puntos para superarlo.

Segundo. Se tratará de un ejercicio práctico consistente bien en desarrollar por escrito uno o varios supuestos prácticos o bien en responder un cuestionario tipo test, en el que las respuestas incorrectas no descontarán. El tiempo máximo de realización será de 120 minutos. Tendrá carácter obligatorio y eliminatorio. Se calificará con un máximo de 50 puntos, y será necesario obtener 25 puntos para superarlo.

B) Fase de concurso:

1. Antigüedad: hasta un máximo de 10 puntos, a razón de 0,147 por mes completo trabajado. Se valorarán los servicios prestados en la Universidad de Vigo en la misma categoría de personal laboral incluida en la clasificación del II Convenio colectivo para el personal laboral de administración y servicios de la Universidad de Vigo, o categorías extinguidas por transformación y/o promoción.

2. Formación: hasta un máximo de cinco puntos. Se valorará la formación relacionada con la categoría de la plaza, acreditada suficientemente e impartida por centros y organismos oficiales, incluidas las materias cursadas para la obtención de títulos oficiales superiores al exigido por la convocatoria o afines.

Duración

Puntuación

De 30 horas a 99 horas

1 punto

De 100 horas a 249 horas

2 puntos

De 250 horas a 499 horas

3 puntos

Igual o superior a 500 horas

4 puntos

Si la totalidad o una parte de los cursos tuviesen una duración inferior de 30 horas no se tomarán en consideración salvo que, en su conjunto, sumen una duración igual o superior a 30 horas, supuesto en el que recibirán un máximo de 1 punto.

Se considerará que la formación está directamente relacionada con la categoría si su contenido se refiere directamente a los temas que configuran el programa (anexo II). Esta misma consideración recibirán los cursos de gallego.

ANEXO II
Programa

Bloque 1: Espectroscopía atómica analítica.

1. Espectroscopía de absorción atómica.

a) Fundamentos de absorción atómica.

b) Componentes del espectrofotómetro de absorción atómica y sus funciones: fuentes de radiación, atomizadores, sistemas ópticos, detectores.

c) Técnicas de calibración.

d) Interferencias: químicas, espectrales.

e) Correctores de fondo.

f) Las técnicas de atomización en llama, electrotérmica, vapor frío y generación de hidruros.

g) Condiciones generales de instalación, seguridad y mantenimiento de los equipos de absorción atómica.

2. Espectrometría óptica de emisión atómica mediante plasma acoplado inductivamente: ICP-AES (ICP-OES).

a) Fundamentos de la espectrometría de emisión atómica.

b) Componentes de un espectrómetro de emisión mediante ICP.

c) Estructura física del plasma y su distribución de Tª.

d) Procesos de atomización y excitación.

e) Interferencias en el plasma de argón.

f) Técnicas de calibración.

g) Condiciones generales de instalación, seguridad y mantenimiento de los equipos de absorción atómica.

3. Técnicas de preparación de muestra para análisis elemental inorgánico.

a) Procedimientos de disolución mediante ataque ácido.

b) Procedimientos de disolución mediante fusión con sales alcalinas.

c) Seguridad y mantenimiento de los equipos.

Bloque 2: Técnicas cromatográficas.

1. Fundamentos de la cromatografía.

2. Técnicas cromatográficas.

3. Cromatografía de gases: instrumentación, componentes y métodos de calibración.

4. Cromatografía de líquidos: instrumentación, componentes y métodos de calibración.

5. Métodos de preparación de muestreo para aplicaciones en alimentación y medioambiente.

6. Análisis cualitativo y cuantitativo.

Bloque 3: Espectroscopia UV-VIS y FTIR.

1. Espectrometría de IR.

a) Fundamentos de la espectroscopia de IR.

b) Componentes del espectrómetro de IR.

c) Espectrometría de IR mediante transformadas de Fourier.

d) Preparación de muestreos.

2. Espectrometría de UV_VIS.

a) Fundamentos de la espectroscopia de UV-VIS.

b) Componentes del espectrómetro de UV-VIS.

c) Análisis cualitativo y cuantitativo.

d) Análisis mediante inyección de flujo segmentado acoplado a la detección colorimétrica: métodos y aplicaciones.

Bloque 4: Análisis elemental orgánico.

1. Fundamentos de la técnica.

2. Componentes de un analizador elemental y sus funciones.

3. Determinación de CHN, CHNS y O.

4. Aplicaciones, reactivos y materiales.

5. Condiciones generales de instalación, seguridad y mantenimiento.

Bloque 5: Seguridad e higiene en el laboratorio.

1. Reconocimiento y uso correcto del material de laboratorio.

2. Manejo de sustancias tóxicas y peligrosas.

3. Señalización de seguridad. Etiquetado y hojas de seguridad de sustancias químicas.

4. Emergencias.

5. Equipos de protección individual.

6. Operaciones básicas de mantenimiento de un laboratorio químico. Tratamiento de residuos de laboratorio.

Bloque 6: Conocimientos transversales.

1. Habilidades básicas de microinformática. Procesador de textos Word: crear, abrir y dar formato a documentos.

2. La Ley de protección de datos de carácter personal: objeto y ámbito. Principios y derechos de acceso.

3. La igualdad en las administraciones públicas. Principios generales de las políticas públicas de igualdad. Igualdad en el ámbito universitario. El principio de igualdad en el empleo público.

ANEXO III
Tribunal

• Tribunal titular:

Presidenta: Irene Alejo Flores, profesora titular de la Universidad de Vigo.

Vocales:

– Carmen García Meijide, técnica superior de servicios generales de investigación de la Universidad de Vigo.

– Jorge Millos Alfeirán, técnico superior de análisis instrumental de la Universidad de Vigo.

– Marcos Estévez Orge, técnico especialista de bibliotecas de la Universidad de Vigo.

Secretario: Jesús Ignacio Estévez Sío, técnico especialista de análisis instrumental de la Universidad de Vigo.

• Tribunal suplente:

Presidenta: María Asunción Longo González, profesora titular de la Universidad de Vigo.

Vocales:

– M.ª del Carmen Álvarez González, técnica superior de prevención de riesgos laborales de la Universidad de Vigo.

– Estefanía Carolina López Silva, técnica especialista de análisis instrumental de la Universidad de Vigo.

– Margarita Turnes Negreira, técnica especialista de laboratorio de química de la Universidad de Vigo.

Secretaria: Cristina Pérez Novo, técnica especialista de servicios generales de la Universidad de Vigo.

ANEXO IV
Declaración jurada/promesa

Don/Doña..................................................................................................................., con DNI/NIE/pasaporte.......................... y nacionalidad............................................

DECLARA BAJO JURAMENTO O PROMETE, a los efectos de ser contratado/a por la Universidad de Vigo,

□ (Ciudadanos/as españoles/as) Non haber sido separado/a mediante expediente disciplinario de ninguna Administración pública, ni estar inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas.

□ (Ciudadanos/as extranjeros/as) No estar sometido/a a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.

..........................................., .......... de........................ de 20.........

(localidad)              (día)              (mes)                 (año)