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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 47 Miércoles, 7 de marzo de 2012 Pág. 8385

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (527/2008).

María Mercedes Santos García, secretaria judicial del Refuerzo del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento de demanda 527/2009, seguido en este juzgado, se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

«En A Coruña, veintisiete de enero de dos mil doce.

Vistos por Montserrat Matos Salgado, magistrada jueza sustituta del Juzgado de lo Social número 2 de Refuerzo de A Coruña y su partido, los presentes autos de juicio 527/2009, seguidos a instancia de Ana María Verger Gadea, representada por el letrado Sr. González Negreiro, contra la empresa Electricidad Senín, S.L., en rebeldía procesal, compareciendo el administrador concursal de la empresa Electricidad Senín, S.L., el letrado Sr. Pita Wonenburger, y el Fogasa, que no comparece, versando la litis sobre reclamación de salarios.

Fallo que estimando íntegramente la demanda formulada por Ana María Verger Gadea, representada por el letrado Sr. González Negreiro, contra la empresa Electricidad Senín, S.L., en rebeldía procesal, compareciendo en administrador concursal de la empresa Electricidad Senín, S.L. el letrado Sr. Pita Wonenburger y el Fogasa, que no comparece, debo condenar y condeno a la demandada a abonar a Ana María Verger Gadea la cantidad de 11.334,05 euros, en concepto de salario del mes de noviembre de 2008, diciembre de 2008 y dieciséis días de enero de 2009, así como el finiquito correspondiente, con los intereses moratorios pertinentes.

Asimismo, debo absolver y absuelvo al Fogasa, sin perjuicio de su responsabilidad subsidiaria en los casos previstos en el artículo 33 del Estatuto de los trabajadores.

Notifíquese esta resolución a las partes, a las que se hará saber que la misma no es firme y contra ella cabe interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, debiendo anunciarlo ante este juzgado en el plazo de cinco días a contar de la notificación de esta sentencia, del que conocerá en su caso, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, tal como establece el artículo 188 y siguientes del texto refundido de la ley, aprobado por Real decreto legislativo 2/1995, de 7 de abril, pasados los cuales quedará firme y se procederá a su archivo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Electricidad Senín, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia, en A Coruña a 16 de febrero de 2012.

La secretaria judicial
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