Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 45 Lunes, 5 de marzo de 2012 Pág. 7858

IV. Oposiciones y concursos

Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

RESOLUCIÓN de 16 de febrero de 2012, de la Dirección General de Justicia, por la que se otorga destino a los funcionarios del cuerpo de gestión procesal y administrativa de la Administración de justicia (turno libre) que superaron las pruebas selectivas convocadas por la Orden JUS/1654/2010, de 31 de mayo, en el ámbito de Galicia.

De conformidad con lo establecido en el artículo 28 y 29 del Real decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia, la Dirección General de Justicia ha resuelto adjudicar destinos en los órganos judiciales y fiscales que se relacionan en el anexo I a los integrantes del cuerpo de gestión procesal y administrativa (turno libre), nombrados funcionarios de carrera del cuerpo de gestión procesal y administrativa por Resolución de 16 de febrero de 2012, teniendo en cuenta lo siguiente:

Primero. Los funcionarios del cuerpo de gestión procesal y administrativa a los que se otorga destino en esta resolución deberán tomar posesión de su cargo ante el departamento territorial respectivo de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, en las siguientes direcciones, según la provincia donde esté radicado el órgano judicial en donde hayan obtenido destino:

Departamento Territorial de A Coruña

Servicio de Justicia

Plaza de Luís Seoane, s/n

Edificio admtvo. Monelos

15008 A Coruña

Departamento Territorial de Ourense

Servicio de Justicia y Admón. Local

Paseo de la Habana, n.º 79

32071 Ourense

Servicio Territorial de Vigo

Servicio de Justicia

Calle Concepción Arenal, n.º 8

36201 Vigo

La toma de posesión se efectuará dentro del plazo de veinte días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Estado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 del citado real decreto, para lo cual la Dirección General de Justicia remitirá con suficiente antelación, a los servicios de Justicia de los departamentos territoriales de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia cinco ejemplares del acuerdo de nombramiento (documentos F1R).

Segundo. No será necesario que los funcionarios destinados en virtud de esta resolución, que pertenezcan ya al cuerpo de tramitación procesal y administrativa o al de auxilio judicial y que opten por continuar en activo en alguno de dichos cuerpos se desplacen a tomar posesión al departamento territorial correspondiente, bastando con que dentro del plazo de toma de posesión señalado en el apartado primero comuniquen a la Dirección General de Justicia dicha opción, a los efectos de la declaración de excedencia voluntaria prevista en el artículo 506.d) de la Ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, del poder judicial. Una copia de la resolución por la que se les declara en situación de excedencia voluntaria será remitida por la Dirección General de Justicia al Registro Central de Personal de la Subdirección General de Medios Personales al servicio de la Administración de Justicia.

Tercero. En el caso de que los funcionarios optasen por ingresar en el cuerpo de gestión procesal y administrativa y quisieran evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en la Administración de justicia, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar en el departamento de personal correspondiente a su destino como funcionario del cuerpo de tramitación procesal y administrativa o de auxilio judicial, un permiso retribuido de un día si no hay cambio de localidad, o de dos en caso contrario, salvo aquellos que hayan de desplazarse desde Canarias, Islas Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días para posesionarse de su nuevo cargo.

En el caso de que el funcionario que tome posesión en esta comunidad proceda del ámbito de competencia de otra gerencia territorial o de comunidades autónomas que hayan recibido el traspaso de medios personales, la Dirección General de Justicia remitirá el acuerdo de nombramiento diligenciado a dichos órganos para que procedan a concederle de oficio la situación de excedencia voluntaria en el cuerpo de tramitación procesal y administrativa o de auxilio judicial, y el cese automático con la fecha del día anterior a aquel en que se produzca la toma de posesión en el cuerpo de gestión procesal y administrativa, al objeto de evitar interrupción en la percepción de sus haberes.

Cuarto. Los funcionarios interinos que actualmente ocupen plazas que hayan sido adjudicadas a los aspirantes aprobados cesarán el mismo día en que se produzca la toma de posesión del titular.

Quinto. En cumplimiento de la legislación sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración pública (Ley 53/1984, de 26 de diciembre), aplicable al personal al servicio de la Administración de justicia, en virtud del artículo 498 de la Ley orgánica del poder judicial 6/1985, de 1 de julio, reformada por Ley orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, aquellos participantes que ostenten ya la condición de funcionarios de carrera deberán manifestar su opción en el acto de toma de posesión.

Sexto. Los funcionarios del cuerpo de gestión procesal y administrativa a los que se otorga destino en virtud de esta resolución, aunque hayan sido destinados con carácter forzoso por el orden de calificación según sus preferencias, no podrán participar en concursos de traslados hasta que transcurran dos años desde la fecha de esta resolución. Para el cómputo de los dos años se estará a lo establecido en el párrafo segundo del artículo 529.3 de la Ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, del poder judicial.

Séptimo. Las plazas ofrecidas a los aspirantes mediante la resolución de esta dirección general, de 17 de enero (BOE 30.1.2012), no adjudicadas en la presente resolución, mantienen su condición de desiertas.

Contra la presente resolución los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el director general de Justicia en el plazo de un mes, según lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo ante el juzgado competente en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado, según lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 16 de febrero de 2012.

Juan José Martín Álvarez
Director general de Justicia

ANEXO I
Adjudicación de destinos
Cuerpo gestión procesal y administrativa - turno libre
Ámbito Territorial de Galicia

Núm.

orden

DNI

Apellidos

Nombre

Destino adjudicado

Localidad

Provincia

1

46346043

Fraga Fernández

Concepción

Jdo. 1.ª Inst. e Instr. n.º 3 (VSM)

Vilagarcía de Arousa

Pontevedra

2

34895451

Regueiro Vidal

María Inmaculada

Jdo. 1.ª Inst. e Instr. n.º 1

Muros

A Coruña

3

36060267

Romero Barciela

María Denise

Jdo. 1.ª Inst. e Instr. n.º 3 (VSM)

O Porriño

Pontevedra

4

33349988

Acebrás Dopacio

Tania

Jdo. 1.ª Inst. e Instr. n.º 2

O Barco de Valdeorras

Ourense

5

32674507

Fernández Gundín

José Luis

Jdo. 1.ª Inst. e Instr. n.º 1

Marín

Pontevedra

6

76728363

Freiría Aguiar

Leticia

Jdo. de Paz

Viana do Bolo

Ourense

7

32832142

Martínez Patiño

Paula María

Jdo. 1.ª Inst. e Instr. n.º 1

Cambados

Pontevedra

8

36128180

Bóveda García

María

Jdo. 1.ª Inst. e Instr. n.º 1

Redondela

Pontevedra

Dirección General de Justicia

Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

San Caetano, s/n

15781 Santiago de Compostela