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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 9 Viernes, 13 de enero de 2012 Pág. 2252

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural

RESOLUCIÓN de 28 de diciembre de 2011, de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza, por la que se modifica el coto de pesca de Padrón, en el río Sar.

Antecedentes.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 del Reglamento de ordenación de la pesca fluvial y de los ecosistemas acuáticos continentales (Decreto 130/1997, de 14 de mayo), el Servicio Provincial de Conservación de la Naturaleza de A Coruña inició el expediente de modificación del coto de pesca de Padrón.

En el expediente de modificación del coto de pesca de Padrón consta el informe favorable del Comité Provincial de Pesca Fluvial de A Coruña.

El expediente de modificación del coto de pesca de Padrón fue sometido a información pública mediante Resolución de 19 de octubre de 2011, publicada en el DOG núm. 220, de 17 de noviembre. En este trámite de información pública no se presentaron alegaciones.

Consideraciones legales.

El expediente de modificación del coto de pesca de Padrón cumple los requisitos establecidos en la Ley 7/1992, de 24 de julio, de pesca fluvial, en el Decreto 130/1997, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación de la pesca fluvial y de los ecosistemas acuáticos continentais, y demás normativa de aplicación.

La Dirección General de Conservación de la Naturaleza es competente para resolver el expediente según lo dispuesto en la Ley 7/1992, de 24 de julio, de pesca fluvial, en el Decreto 130/1997, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación de la pesca fluvial y de los ecosistemas acuáticos continentais, y en el Decreto 318/2009, de 4 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería del Medio Rural y del Fondo Gallego de Garantía Agraria.

Resolución.

De conformidad con todo lo anterior, resuelvo modificar el coto de pesca de Padrón, en el río Sar, con los límites y la normativa que a continuación se establecen:

– Tramo I.

Límite superior: presa del molino de Concheiro, términos municipales de Padrón y Rois.

Límite inferior: puente del Carmen, término municipal de Padrón.

Longitud aproximada: 4,2 km.

Clasificación: coto de reo.

Permisos diarios: 12 permisos los días laborables y 15 los sábados, domingos y festivos.

Cupo diario de captura, tamaño mínimo del reo y de la trucha y jornadas hábiles: según la orden anual de pesca continental.

– Tramo II.

Límite superior: puente del Carmen, término municipal de Padrón.

Límite inferior: desembocadura del río Sar en el río Ulla, término municipal de Padrón.

Longitud aproximada: 2,5 km.

Clasificación: coto de pesca sin muerte.

Permisos diarios: 10.

Jornadas hábiles: según la orden anual de pesca continental.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 del Reglamento de ordenación de la pesca fluvial y de los ecosistemas acuáticos continentales (Decreto 130/1997, de 14 de mayo), se incluyen en el coto de pesca los 100 m finales de todos los afluentes existentes en el tramo acotado.

Contra esta resolución cabrá, de conformidad con los artículos 107.1.º, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, la interposición del recurso de alzada ante el conselleiro del Medio Rural en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 28 de diciembre de 2011.

Ricardo García-Borregón Millán
Director general de Conservación de la Naturaleza