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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 249 Viernes, 30 de diciembre de 2011 Pág. 41001

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de A Coruña

EDICTO (793/2010).

Eduardo José Castaño Barreiro, secretario judicial del Juzgado de lo Social número 1 de A Coruña, hago saber:

Que en el procedimiento despido/ceses en general 793/2010 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de Félix Barreiro Hernández contra las empresas Movimiento de Mercancías, S.L.U., Red de Servicios e Implantaciones, S.L., Acumula, S.A., El Corte Inglés, S.A., JVB Servicios Logísticos para Grandes Superficies, S.L.U., sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

«Fallo que en atención a lo expuesto, este órgano judicial, por la autoridad que le confiere la Constitución, ha decidido:

Que desestimo la excepción de falta de legitimación pasiva y desestimo la demanda sobre despido formulada por Félix Barreiro Hernández contra las empresas Red de Servicios o Implantaciones, S.L., JVB Servicios Logísticos para Grandes Superficies, S.L.U., Movimiento de Mercancías, S.L.U., El Corte Inglés, S.A. y Acumula, S.A., por lo que absuelvo a las empresas demandadas de las pretensiones contenidas en la demanda contra ellas dirigida.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación, que deberá anunciarse ante este juzgado en el término de cinco días desde la notificación de la presente sentencia, por comparecencia, o por escrito de las partes, su abogado o su representante legal, designando al letrado que deberá interponerlo, siendo posible el anuncio por mera manifestación de aquélla al ser notificada, y que será resuelto, en su caso y cumplidos los trámites legales, por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Francisco Javier Vázquez Botas, administrador de Movimiento de Mercancías, S.L.U., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el DOG.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina Judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 12 de diciembre de 2011.

El secretario judicial