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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 249 Viernes, 30 de diciembre de 2011 Pág. 41003

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de A Coruña

EDICTO (798/2011).

Eduardo José Castaño Barreiro, secretario judicial del Juzgado de lo Social número 1 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento despido/ceses en general 798/2011 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de José Enrique Bello Uribe contra la empresa Opecen Inmobiliaria, S.A., y el Fogasa, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

«Decido que, estimando la demanda formulada por José Enrique Bello Uribe, con DNI 32414764J, contra la empresa Opecen Inmobiliaria, S.A., califico como improcedente el despido tácito de 11.7.2011 y declaro extinguida la relación laboral del actor con la demandada, condenando a dicha empresa a estar y pasar por tal declaración y a que le abone al trabajador las siguientes cantidades:

Indemnización

Salarios

31.154,06 €

20.988 €

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, anunciándolo mediante escrito o comparecencia ante este juzgado en el plazo de cinco días contados a partir del siguiente a su notificación. De ser recurrente la empresa demandada deberá acreditar mediante la exhibición ante este juzgado del resguardo acreditativo de depositar la cantidad objeto de condena (clave de ingreso 60) en la cuenta de este juzgado pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, en la cual se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista debiendo acreditar también en la indicada cuenta (clave de ingreso 65) la consignación de la suma de 150,25 euros preceptivas para recurrir, sin este cumplimiento no se tendrá por anunciado el recurso.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Opecen Inmobiliaria, S.A., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el DOG.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 1 de diciembre de 2011.

El secretario judicial