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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 249 Viernes, 30 de diciembre de 2011 Pág. 41019

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 18 de noviembre de 2011, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se otorga a Gas Galicia SDG, S.A. la autorización administrativa para la distribución de gas natural canalizado en el término municipal de Ortigueira (expediente IN627A 2010/9-0).

Examinado el expediente instruido a instancias de la empresa Gas Galicia SDG, S.A., con CIF n.º A15383284 y domicilio, a efectos de notificaciones, en la calle Lisboa, edificio Área Central, local 31-HIJ, 15707 Santiago de Compostela (A Coruña), resultan los siguientes:

Antecedentes de hecho.

Primero. La autorización administrativa para la distribución de gas natural canalizado en el término municipal de Ortigueira (A Coruña) fue solicitada el 27.5.2009 por Endesa Gas Distribución, S.A.U. y el 3.8.2010 por Gas Galicia SDG, S.A.

Segundo. El 20.9.2010 la Dirección General de Industria, Energía y Minas resolvió iniciar, con la solicitud de Endesa Gas Distribución, S.A.U. (la primera presentada), el trámite de competencia para el otorgamiento de dicha autorización administrativa.

Esta resolución fue publicada en el Diario Oficial de Galicia de 4.11.2010 y durante el plazo establecido (30 días) no se presentaron otras solicitudes en concurrencia; además, el 26.10.2010 la empresa Endesa Gas Distribución, S.A.U. desistió de su solicitud.

Tercero. En consecuencia, se continuó con el procedimiento de otorgamiento de autorización administrativa solicitada por Gas Galicia SDG, S.A. Las características básicas de las instalaciones son las siguientes:

El suministro de gas natural a la localidad de Ortigueira se realizará desde una planta de gas natural licuado (GNL), que se situará en el polígono industrial de Cuíña, en el término municipal de Ortigueira. La red de distribución proyectada, que aparece reflejada en los planos de planta de trazado incluidos en el proyecto, está formada por:

– Una red básica de distribución en rango de presión 2 < MOP (presión máxima de operación) ≤ 5 bar, que parte del punto de suministro y llega a las inmediaciones del núcleo urbano de Ortigueira.

– Y una red secundaria de distribución en rango de presión 0,1 < MOP ≤ 2 bar, que parte de la red básica hacia los distintos puntos de consumo.

Esta red se diseña en polietileno de alta densidad PE 100 SDR 17,6, de diámetro variable de 160 a 90 mm, según necesidades. La longitud prevista para la red proyectada es del orden de los 11.179 m, de los cuales 8.104 m corresponden a la red básica y 3.075 m a la red secundaria.

El presupuesto asciende a la cantidad de setecientos ochenta y nueve mil trescientos cincuenta y dos euros con treinta y dos céntimos (789.352,32 €).

Cuarta. El 11.7.2011 la Dirección General de Industria, Energía y Minas resolvió someter a información pública la solicitud de autorización administrativa de la red de distribución de gas natural en el término municipal de Ortigueira (A Coruña). Esta resolución se publicó en el Diario Oficial de Galicia de 25 de agosto de 2011, en el Boletín Oficial de la provincia de A Coruña de 12 de agosto y en los periódicos La Voz de Galicia y Diario de Ferrol de 26 de agosto, y también estuvo expuesta en el tablón de anuncios de dicho ayuntamiento entre el 2 de julio y el 13 de agosto de 2011.

Durante el período de información pública no se presentaron alegaciones.

Quinta. La Jefatura Territorial de A Coruña de la Consellería de Economía e Industria informó favorablemente sobre el proyecto de referencia el 4.8.2011.

Fundamentos de derecho.

Primero. La Dirección General de Industria, Energía y Minas es la competente para resolver este expediente con fundamento en el Estatuto de autonomía de Galicia, en el Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de industria, energía y minas, en el Decreto 132/1982, de 4 de noviembre, sobre asunción de competencias en materia de industria, energía y minas, y su asignación a la Consellería de Industria, Energía y Comercio, y en el Decreto 324/2009, de 11 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria, modificado por el Decreto 8/2011, de 23 de enero, por el que se fija la estructura orgánica de las consellerías de la Xunta de Galicia, en relación con la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, con el Real decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural, con el Decreto 62/2010, de 15 de abril, por el que se regula el trámite de competencia y los criterios de valoración en el supuesto de concurrencia de dos o más solicitudes de autorización administrativa de instalaciones de transporte secundario y distribución de gas natural y redes de distribución de gases licuados del petróleo (GLP) y con la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Segundo. El citado proyecto cumple con las exigencias reglamentarias fijadas en el Real decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 a 11.

Tercero. En el expediente instruido al efecto se cumplieron los trámites reglamentarios.

De conformidad con los preceptos legales citados y los demás de pertinente y general aplicación, esta dirección general

RESUELVE:

Otorgar a la empresa Gas Galicia SDG, S.A. la autorización administrativa para la distribución de gas natural canalizado en el término municipal de Ortigueira (A Coruña), de acuerdo con las siguientes condiciones:

Primera. Gas Galicia SDG, S.A. constituirá en el plazo de dos meses, a contar desde el momento del otorgamiento de la autorización, una fianza por valor de 15.787,05 €, importe del 2% del presupuesto de las instalaciones, para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones, conforme a lo previsto en el artículo 73, apartado 4.º de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, y en el artículo 82 del Real decreto 1434/2002, de 27 de diciembre. Dicha fianza se constituirá en la Caja General de Depósitos de la Consellería de Hacienda de la Xunta de Galicia, en cualquiera de las formas señaladas en el artículo 11, apartado 3.º de Decreto 1775/1967, de 22 de julio, sobre el régimen de instalación, ampliación y traslado de industrias, y será devuelta una vez se formalice el acta de puesta en marcha de las instalaciones.

Segunda. Dentro del plazo de seis meses, a contar a partir de la fecha de publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, la empresa Gas Galicia SDG, S.A. deberá solicitar a la Consellería de Economía e Industria de la Xunta de Galicia la aprobación del proyecto de ejecución, para lo que deberá presentar el proyecto detallado de las instalaciones. En todo caso, deberán cumplirse los plazos previstos en el proyecto de autorización administrativa, pudiendo dichos plazos ser prorrogados por causa justificada, previa la correspondiente solicitud acompañada de la justificación técnica o exposición de la causa de fuerza mayor causante de la demora.

Tercera. Las instalaciones y sus montajes deberán cumplir las disposiciones y normas técnicas que en general sean de aplicación y, en particular, las correspondientes al Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos con sus instrucciones técnicas complementarias y las normas que los cumplimentan, reglamentos electrotécnicos, normas UNE y demás normativa y directrices vigentes, así como cuantas las sustituyan o se dicten a nivel estatal o de esta comunidad autónoma, y deberán preverse para responder a los avances tecnológicos en el campo del gas y lograr abastecimientos flexibles y seguros.

Cuarta. La autorización administrativa afecta al término municipal de Ortigueira, en la provincia de A Coruña, y contempla la gasificación de este municipio de acuerdo con las especificaciones y planos que figuran en el proyecto, suscrito por el ingeniero industrial Alfonso Vázquez Varela (colegiado n.º 1.130) y visado por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Galicia con registro n.º 541/10 y fecha 27.7.2010.

Quinta. La autorización administrativa se otorga sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones o licencias de competencia de otros organismos o entidades públicas, necesarios para realizar las instalaciones aprobadas.

Sexta. La Administración se reserva el derecho a dejar sin efecto la presente autorización administrativa por cualquiera de las causas señaladas en el artículo 34.1 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, por incumplimiento de las condiciones estipuladas, por la facilitación de datos inexactos o por cualquier otra causa legal o reglamentaria que así lo prevea.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, en su caso, recurso de alzada ante el conselleiro de Economía e Industria en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de su notificación.

Santiago de Compostela, 18 de noviembre de 2011.

Ángel Bernardo Tahoces
Director general de Industria, Energía y Minas