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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 246 Viernes, 19 de diciembre de 2003 Pág. 15.776

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE ASUNTOS SOCIALES, EMPLEO Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 15 de diciembre de 2003, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se dispone el registro, el depósito y la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, del acta de la jornada laboral para el año 2004 del convenio colectivo del sector de la construcción.

Vista el acta de la jornada laboral para el año 2004 del convenio colectivo del sector de la construcción, con nº de código 3600435, que tuvo entrada en esta delegación provincial el día 2-12-2003, suscrito en representación de la parte económica por la Asociación Provincial de Empresarios de la Construcción (APEC), y de la parte social, por las centrales sindicales CC.OO., UGT y CIG, en fecha 1-12-2003. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2º y 3º, del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de trabajo, esta delegación provincial

ACUERDA:

Primero.-Ordenar su inscripción en el libro de registro de convenios colectivos de trabajo, obrante en esta

delegación provincial, y la notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.

Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación.

Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Vigo, 15 de diciembre de 2003.

Joaquín Macías Sánchez

Delegado provincial de Vigo

Comisión deliberadora del convenio colectivo de la construcción

Asistentes:

* UGT.

Lourdes Diz Lorenzo.

Ramón Carrera Molares.

José C. Rodríguez del Río.

Francisco Peixoto Costas.

Jesús Crespo Araújo.

* CC.OO.

Laureano Barros.

José Joaquín Dasilva.

Marcos González Oliveira.

* CIG.

Xosé Xoán Melón.

Alberto Fernández Campo.

* APEC.

Anselmo Hernández Luján.

José Pampillón Alonso.

José A. Martínez Fernández.

Yolanda Carballo Martínez.

En Vigo, a 1 de diciembre de 2003, en la sede de la Asociación Provincial de Empresarios de la Construcción (APEC), se reúnen las personas que figuran al margen en las representaciones que se indican.

Como único punto del orden de día se trata el tema de la jornada laboral contemplada en el artículo 43 del actual convenio colectivo que para el año 2004 será de 1.750 horas de efectivo trabajo.

El texto del artículo 43º del convenio relativo a la jornada laboral dirá textualmente:

1. La jornada ordinaria anual durante el período de vigencia del presente convenio será de 1.750 horas según el calendario laboral anexo.

2. La jornada ordinaria semanal será de 40 horas de lunes a viernes durante toda la vigencia del presente convenio.

3. Los trabajadores tendrán derecho a un paro de 15 minutos durante la mañana para tomar el bocadillo según las necesidades del servicio.

4. Teniendo en cuenta las condiciones climatológicas y las necesidades de las distintas actividades del sector, se podrá pactar en las empresas, la distribución variable de la jornada máxima anual, sin que en ningún caso se puedan sobrepasar nueve horas diarias ni las cuarenta horas semanales de trabajo efectivo.

5. Para adaptar la jornada a las 1.750 horas acordadas para el año 2004, los días 5 de enero, 23 y 24 de febrero, 18 de marzo, 26 de julio, 13 de agosto, 11 de octubre, 7, 2 horas del 23 (jornada de 6 horas), 24 y 31 de diciembre tendrán la consideración de festivos y abonables a todos los efectos.

6. Además de los días señalados anteriormente, en los siguientes ayuntamientos por coincidir el festivo local con día no laborable, se fijan los siguientes festivos:

-O Rosal, Illa de Arousa, Salceda de Caselas, Tui y Vilaboa: 25 de febrero.

-Vilagarcía de Arousa 24 de mayo.

-Cerdedo, O Rosal y Valga: 27 de julio.

-Campolameiro: 9 de diciembre.

7. En cada centro de trabajo la empresa expondrá en lugar visible el calendario laboral pactado a nivel convenio o el pactado en cada centro de trabajo.

Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión.