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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 233 Lunes, 01 de diciembre de 2003 Pág. 14.741

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

ORDEN de 11 de noviembre de 2003 por la que se otorga la aprobación definitiva al VI proyecto de modificación puntual de las normas subsidiarias de planeamiento del Ayuntamiento de Vila de Cruces.

El Ayuntamiento de Vila de Cruces cuenta con normas subsidiarias de planeamiento municipal, aprobadas definitivamente por la C.P.U. en fecha 12-2-1993.

La documentación remitida consta de expediente administrativo y proyecto técnico de la modificación.

1. El proyecto incluye dos propuestas relativas a:

1.1. Recalificación como equipamiento administrativo público de 8.741 m de actual equipamiento docente, sobrante de parcela del IES de O Camballón que, previamente había sido objeto de la 2ª modificación Puntual aprobada definitivamente el 6-2-1996.

1.2. Reclasificación como suelo urbanizable industrial para incorporación al SAU-2 de O Camballón, de 27.563 m, de suelo colindante con dicho polígono y con suelo urbano de Vila de Cruces, actual suelo rústico común.

El objeto de la modificación es dar cumplimiento al artículo 94 de la Ley 9/2002, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia, respecto a los fundamentos de las modificaciones del planeamiento urbanístico.

De conformidad con lo señalado en el artículo 93.4º de la Ley 9/2002, las modificaciones de cualquiera de los elementos de los planes, proyectos, normas y ordenanzas se sujetarán a las mismas disposiciones enunciadas para su tramitación y aprobación.

Terminada la fase de elaboración de la modificación puntual, e inmediatamente antes de su aprobación inicial, el ayuntamiento remitió el expediente a informe preceptivo de esta consellería, que fue emitido en fecha 13 de marzo de 2003, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 85.1º de la Ley 9/2002.

El Pleno del Ayuntamiento, el 8-4-2003, acordó la aprobación inicial, publicada en prensa y en el DOG del 8-5-2003, con el resultado de la fase de información pública que consta en el expediente tramitado y aprobado provisionalmente por el Pleno del Ayuntamiento el 8-9-2003.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 89.1º de la Ley 9/2002, la competencia para la aprobación definitiva de los planes generales de ordenación municipal corresponde al conselleiro competente en materia de urbanismo y ordenación del territorio.

En consecuencia, de conformidad con lo establecido en la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia, y con los informes jurídico y técnico del Servicio de Inspección Territorial de Pontevedra, de esta misma fecha, y a propuesta de la Dirección General de Urbanismo

DISPONGO:

Artículo 1º

Aprobar definitivamente el VI proyecto de la modificación puntual de las normas subsidiarias de planeamiento del ayuntamiento de Vila de Cruces.

Artículo 2º

De conformidad con lo dispuesto por los artículos 92 de la Ley 9/2002, y 70 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, el Ayuntamiento deberá publicar la normativa y ordenanzas de la modificación aprobada definitivamente en el BOP.

Disposición final

Contra esta orden cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, según disponen los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 11 de noviembre de 2003.

Alberto Núñez Feijóo

Conselleiro de Política Territorial,

Obras Públicas y Vivienda