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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 181 Jueves, 18 de septiembre de 2003 Pág. 11.839

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE ASUNTOS SOCIALES, EMPLEO Y RELACIONES LABORALES

CÉDULA de 5 de agosto de 2003, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se notifican resoluciones de expedientes sancionadores 173/2003 y otro más, incoados por infracciones administrativas en el orden social.

Intentada la notificación personal y devueltas por el servicio de correos por resultar imposible su práctica, de conformidad con lo dispuesto en el art. 59.5º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, por la presente cédula se notifica a las empresas relacionadas las resoluciones en la orden social correspondientes.

Empresa: Gonzalo Otero Lago.

Domicilio localidad: San Juan de Arcal, 29-1º, Redondela.

Número de expediente: 173/2003, 361/2003(AI).

Fecha resol. deleg. prov.: 7-7-2003.

Preceptos infringidos: arts. 1 y 5 del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto; 15 b) del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo; 3 y 8 del Real decreto legislativo 2720/1998, de 18 de diciembre; 15 del Estatuto de los trabajadores y art. 42 c) del convenio colectivo de la alimentación. DOG 18-10-2001.

Preceptos sancionadores: arts. 7.2º, 39 y 40 del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

Resolucion: multa de 601,01 A.

Empresa: Consultoría de Empleo y Otros, S.L.

Domicilio localidad: San Roque, 32 B-Entlo, Vilagarcía.

Número de expediente: 206/2003, 519/03(AI).

Fecha resol. deleg. prov.: 7-7-2003.

Preceptos infringidos: art. 11.1º de la Ley 42/1997, de 14 de noviembre, ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Preceptos sancionadores: arts. 39.2º, 40.1º y 50.2º del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

Resolución: multa de 1.000 A.

Se hace saber a los interesados que pueden formular recurso de alzada, ante el director general de Relaciones Laborales, en el término de un mes, contado

desde el siguiente día de su publicación, de acuerdo con lo previsto en el art. 114 y siguiente de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre; advirtiendo que, de no ser interpuesto en el tiempo y forma que procedan, deberá abonar la multa impuesta en el plazo de 30 días hábiles contados desde el día siguiente a la fecha de notificación de la resolución, en una de las siguientes cuentas:

-Caixa Galicia, cta. contable 840. Código 001.

-Caixanova recaudación xunta: modelo XTAX.

ya que, en otro caso, se incoará el procedimiento de apremio ante la delegación de Hacenda correspondiente.

Vigo, 5 de agosto de 2003.

Joaquín Macías Sánchez

Delegado provincial de Ponteveddra