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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 181 Jueves, 18 de septiembre de 2003 Pág. 11.839

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE ASUNTOS SOCIALES, EMPLEO Y RELACIONES LABORALES

CÉDULA de 8 de agosto de 2003, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se hace pública la resolución de reintegro de 20 de junio de 2003, de las ayudas a la contratación indefinida del expediente administrativo FM Reint. 2003/091-5.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, del 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE del 14 de enero), y no siendo posible la práctica de la notificación en el domicilio señalado por el interesado de la resolución de reintegro de la subvención del expediente administrativo, conforme a lo establecido en la Orden de 13-3-2000 (DOG nº 60, del 27 de marzo), se publica:

1. Expediente de reintegro: FM Reint. 2003/091-5.

Expediente de gestión: FM 342B 2000/1988-5.

Orden de la convocatoria: 13-3-2000 (DOG nº 60, del 27 de marzo).

Interesado: Evaristo Garrido Lusquiños.

Dirección: Augusto González Besada, 10-2, 36001 Pontevedra.

Asunto: resolución de reintegro.

Acuerdo:

Visto el expediente referenciado, y como consecuencia de la función de seguimiento y control de las subvenciones concedidas, y teniendo en cuenta los siguientes

Antecedentes:

1. El beneficiario recibió una subvención de 1.081,82 euros por la contratación indefinida en la fecha 1-3-2000 de la trabajadora María Ángeles Cerviño Ferreiro (35307460-E).

2. En virtud de la disposición adicional primera de la Orden de 13 de marzo de 2000 (DOG del 27

de marzo) por la que se establecen los programas de fomento de la contratación y de la estabilidad en el empleo para el año 2000, se comprobó la extinción de la relación laboral en la fecha 31-3-2001 de la trabajadora María Ángeles Cerviño Ferreiro (35307460-E) y revisadas sus alegaciones del 9-5-2003 aún existiendo una posible subrogación empresarial con Silmar, C.B., de la que forma parte el beneficiario, la trabajadora seguiría incumpliendo la base décima del anexo B ya que causa baja en la misma el 26-11-2001.

Fundamentos:

1. La base décima del anexo B de la Orden de 13 de marzo de 2000 (DOG del 27 de marzo), reguladora de las ayudas a la contratación por cuenta ajena para el año 2000 obliga a los beneficiarios a mantener el número de trabajadores fijos de su plantilla durante al menos 3 años, que se contarán desde la fecha de realización del contrato, y en el supuesto de extinción de la relación laboral del trabajador por el que se concedió la subvención, la cobertura del puesto por un nuevo trabajador, que deberá reunir los requisitos del trabajador sustituto en el mes siguiente al de la baja. Esta obligación se mantendrá durante tres años desde la realización del contrato indefinido objeto de la subvención.

2. El artículo 11 de la citada orden determina la revocación y el reintegro de la ayuda por parte del beneficiario, así como la exigencia de los intereses de demora, en los casos y términos previstos en el artículo 78 del texto refundido de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia, aprobado por el Decreto legislativo 1/1999, de 7 octubre (DOG del 5 de noviembre).

En virtud de lo expuesto y a tenor de la competencia atribuida por el artículo 20.2º del Decreto 287, de 21 de noviembre (DOG del 11 de diciembre), por el que se desarrolla el régimen de ayudas y subvenciones públicas de la Comunidad Autónoma de Galicia,

RESUELVO:

Declarar la procedencia del reintegro por parte de Evaristo Garrido Lusquiños de la cantidad 1.081,82 euros concedida en la resolución de esta delegación provincial del 24-10-2000 en concepto de subvención por la contratación indefinida de María Ángeles Cerviño Ferreiro.

Los órganos competentes de la Consellería de Economía y Hacienda le notificarán oportunamente el lugar, forma y plazo del ingreso de la referida cantidad, así como la liquidación de los intereses de demora, de conformidad con la Orden de 21 de julio de 1998 (DOG del 7 de agosto).

Contra la presente resolución el interesado podrá interponer, a tenor de los artículos 107.1º, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13

de enero (BOE del 14 de enero), recurso de alzada ante la Conselleira de Asuntos Sociales, Empleo y Relaciones Laborales, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la presente notificación.

Vigo, 20 de junio de 2003. P.D. El delegado provincial. Fdo.: Joaquín Macías Sánchez.

Los correspondientes expedientes obran en el Servicio de Promoción del Empleo de la Delegación Provincial de la Consellería de Asuntos Sociales, Empleo y Relaciones Laborales en Vigo.

Vigo, 8 de agosto de 2003.

Joaquín Macías Sánchez

Delegado provincial de Pontevedra