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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 180 Miercoles, 17 de septiembre de 2003 Pág. 11.795

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO DE LUGO

EDICTO (191/2003).

Rafael González Alió, secretario del Juzgado de lo Social número uno de los de Lugo, doy fe y testimonio que en los autos de juicio número 191/2003, seguidos a instancia de José Arza Rodríguez contra la empresa Odein, S.L. y otros sobre invalidez, se ha dictado la sentencia cuyo encabezado y parte dispositiva dice:

«Sentencia.-Lugo, 5 de agosto de 2003.

Vistos por Fernando López-Guitián Castro, magistrado-juez sustituto del Juzgado de lo Social número uno de los de Lugo, los presentes autos dimanantes del juicio verbal nº 191/2003, sobre invalidez, en el que son partes, como demandante, José Arza Rodrí

guez, representado por el letrado Xermán Vázquez Díaz, y como parte demandada, el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, representados por el letrado Juan José Rodríguez Gude. Y como codemandada la empresa Odein, S.L., la cual no comparece a pesar de constar citada en legal forma.

Fallo que debo desestimar y desestimo la demanda deducida sobre invalidez interpuesta por José Arza Rodríguez, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social y la empresa Odein, S.L. y, en consecuencia, absuelvo de las pretensiones deducidas por la parte actora a los demandados.

Notifíquese esta sentencia a los representantes legales de las partes, con la advertencia de que, contra la misma cabe interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de A Coruña, dentro de los cinco días siguientes al de su notificación, por conducto de este Juzgado de lo Social, ante el que deberá ser anunciado tal propósito mediante comparecencia o por escrito y con los demás requisitos exigidos en el artículo 189 y siguientes del texto refundido de la Ley de procedimiento laboral.

Así, por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Fernando López-Guitián Castro. Rubricado.

Publicación.-Leída y publicada fue la anterior sentencia por el magistrado que la suscribe, hallándose celebrando audiencia pública en el día de su fecha, de lo que yo, secretario, certifico. Rafael González Alió. Rubricado».

Concuerda bien y fielmente con el original, y para que sirva de notificación en forma a la empresa Odein, S.L., en ignorado paradero, expido y firmo el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia, en Lugo a cinco de agosto de dos mil tres.