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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 130 Lunes, 07 de julio de 2003 Pág. 9.003

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD, DEPORTE Y VOLUNTARIADO

ORDEN de 2 de julio de 2003 por la que se modifica la Orden de 7 de marzo de 2003, por la que se convocan y aprueban las bases por las que se regula la concesión de ayudas para llevar a cabo programas de educación familiar que desarrollarán las corporaciones locales.

La Orden de 7 de marzo de 2003 de la Consellería de Familia, Juventud, Deporte y Voluntariado, publicada en el DOG número 53, del 17 de marzo de 2003, señala en su exposición de motivos que en los presupuestos generales de la Consellería de Familia, Juventud, Deporte y Voluntariado para el ejercicio 2003 existe en la aplicación presupuestaria 14.02.212A.460.0 un crédito de 657.086,53 euros

consignado para las ayudas que se establecen en ella, el cual podrá verse incrementado con las aportaciones de otras administraciones públicas para el mismo fin.

Recibida una aportación del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y existiendo por otra parte un remanente de crédito en dicha aplicación que se consideró conveniente afectar a estos fines, se acuerda incrementar el crédito que la Consellería de Familia, Juventud, Deporte y Voluntariado tenía previsto destinar a la financiación de los programas de educación familiar que desarrollarán las corporaciones locales, por lo que se hace necesario modificar la orden de ayudas en lo que respecta a dicho punto.

De acuerdo con todo lo anterior, y en el ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su presidente,

DISPONGO:

Artículo único.-Modificar el párrafo tercero de la exposición de motivos de la Orden de 7 de marzo de 2003 por la que se convocan e aprueban las bases por las que se regula la concesión de ayudas para llevar a cabo programas de educación familiar que desarrollarán las corporaciones locales, el cual quedará redactado de la siguiente forma:

«En los presupuestos generales de la Consellería de Familia, Juventud, Deporte y Voluntariado para el ejercicio 2003 existe en la aplicación presupuestaria 14.02.212A.460.0 para las ayudas que se establecen en el articulado de esta orden, un crédito de 1.435.587,74 euros».

Disposiciones finales

Primera.-Se autoriza a la directora general de Familia para dictar, en el ámbito de sus competencias, las resoluciones e instrucciones necesarias para el desarrollo y ejecución de esta orden.

Segunda.-Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 2 de julio de 2003.

Pilar Rojo Noguera

Conselleira de Familia, Juventud, Deporte

y Voluntariado

CONSELLERÍA DE ASUNTOS SOCIALES, EMPLEO Y RELACIONES

LABORALES