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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 130 Lunes, 07 de julio de 2003 Pág. 9.004

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE ASUNTOS SOCIALES, EMPLEO Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 2 de mayo de 2003, de la Delegación Provincial de Lugo, por la que se dispone el registro, el depósito y la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, de la revisión salarial del convenio colectivo de ámbito provincial para el sector del comercio del metal de Lugo.

Visto el acuerdo de la revisión salarial para el año 2003 en el convenio colectivo del sector del comercio del metal de Lugo (código 2700185), firmado el día 26 de marzo de 2003, por la representación de la

Asociación de Comerciantes e Industriales Metalúrgicos de Lugo Asociación de Talleres de Reparación de Vehículos de Lugo y de las centrales sindicales CC.OO. (47,8%), UGT (43,5%) y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2º y 3º del Real decreto lexislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, y en el Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósitos de convenios colectivos de trabajo.

Esta delegación provincial,

ACUERDA:

Primero.-Ordenar la inscripción de la revisión del citado convenio colectivo en el registro de convenios de esta delegación, así como su depósito.

Segundo.-Remitir el texto de la revisión del mentado convenio a la Dirección General de Relaciones Laborales de la Xunta de Galicia.

Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Lugo, 2 de mayo de 2003.

Ana Chao Vázquez

Delegada provincial de Lugo

Asistentes:

-Por la parte empresarial:

Asociación de Comerciantes e Industriales Metalúrgicos de Lugo.

Ildefonso Bourio Paz

Víctor Ferreiro Segade

Julio Blanco Cadahía

Marío Carballo Lama

Nivardo Rego Valle

José Quiñoá Díaz

Tomás Cavero Mecinas

Asociación de Talleres de Reparación de Vehículos de Lugo:

Alberto Martínez Dapena

Lourdes García Regueira

Ingnacio Pérez de Oliveira

-Por las centrales sindicales:-CC.OO. l47,8%

José Luis López Álvarez

Emeterio Páramo Pantón

Anselmo Sampedro Ania-UGT 43,5%

Fernando Teijeiro Valledor

Pastor Fuenteseca Díaz

En Lugo, siendo las 17.30 horas del día 26 de marzo de 2003, se reúnen en los locales dela Confederación de Empresarios de Lugo (pz. Santo Domingo, nº 6-8, 2º) las personas antes citadas, integrantes todas ellas de la comisión negociadora del convenio colectivo provincial del comercio del metal de Lugo, al objeto de proceder a la elaboración y aprobación de las tablas salariales del convenio colectivo que tendrán

vigencia desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2003, y tras amplias deliberaciones se adoptan los siguientes acuerdos:

Primero.-Aprobar las tablas salariales anexas, con vigencia desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2003, para lo que las partes cuentan con la capacidad legal suficiente, tal y como se acredita en el acta de constitución de la comisión negociadora.

Segundo.-Aprobar las cuantías que, durante el año 2003, serán consideradas como retribuciones mínimas garantizadas mensuales para los trabajadores en prácticas, conforme a lo dispuesto en el artículo 10 del convenio colectivo en vigor, cuantías que serán las siguientes para todos los casos:

Primer año de contrato: 630,36 euros.

Segundo año de contrato: 717,52 euros.

Tercero.-Aprobar las cuantías que, durante el año 2003, tendrán derecho a percibir los trabajadores en concepto de dietas, conforme a lo dispuesto en el artículo 35 del convenio colectivo en vigor, cuantías que serán las siguientes:

1. Dieta completa: 24 euros.

2. Media dieta: 10 euros.

Cuarto.-Se acuerda finalmente remitir la presente acta y el texto y tablas salariales anexas a la autoridad laboral competente a los efectos legales oportunos.

Y en prueba de conformidad, firman la presente acta las personas arriba relacionadas en lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

Ildefonso Bourio Paz

Víctor Ferreiro Segade

Julio Blanco Cadahía

Mario Carballo Lama

Nivardo Rego Valle

José Quiñoá Díaz

Tomás Cavero Mecinas

Alberto Martínez Dapena

Lourdes García Regueira

Ignacio Pérez de Oliveira

José Luis López Álvarez

Emeterio Páramo Pantón

Anselmo Sampedro Ania

Fernando Teijeiro Valledor

Pastor Fuenteseca Díaz

ANEXO I

Tabla salarial del convenio del comercio del metal

Vigencia: 1-1-2003 al 31-12-2003

Categoría

Sueldo

Plus

mensual

Plus

compensación

Total

anual

* Grupo I
Titulado grado superior853,1031,14690,0013.860,18
Titulado grado medio767,7531,14623,1012.513,03

* Grupo II
Director911,7131,14735,9014.785,23
Jefe de división839,7031,14679,3513.648,53
Jefe de personal825,3231,14668,1013.421,58
Jefe de compras825,3231,14668,1013.421,58
Jefe de ventas825,3231,14668,1013.421,58
Encargado general825,3231,14668,1013.421,58
Jefe de sucursales767,4131,14622,5012.507,33

Categoría

Sueldo

Plus

mensual

Plus

compensación

Total

anual

Jefe de almacén767,4131,14622,5012.507,33
Jefe de grupo739,0331,14600,6012.059,73
Encargados de establecimiento, vendedor, comprador, subastador718,8031,14584,8511.740,53
Viajante701,5131,14570,9011.467,23
Corredor de plaza695,8131,14566,4011.377,23
Dependiente681,4431,14555,1511.150,43
Dependiente mayor746,2231,14605,8512.172,83
Ayudante660,5431,14538,6510.820,43

* Grupo III
Director911,7131,14735,9014.785,23
Jefe de división839,7031,14679,3513.648,53
Jefe administrativo784,9931,14636,6012.785,13
Analista de ordenador681,4431,14555,1511.150,43
Contable701,4931,14570,7511.466,78
Cajero701,4931,14570,7511.466,78
Oficial administrativo y operador de máquinas contables681,4431,14555,1511.150,43
Auxiliar administrativo perforista660,5431,14538,6510.820,43
Aspirante de 16 a 18 años492,5531,14390,158.152,08
Auxiliar de caja670,9231,14546,7510.984,23

* Grupo IV
Jefe de sección de servicios738,9831,14600,6012.058,98
Jefe de taller767,4131,14622,5012.507,33
Profesional oficio de 1ª660,5431,14538,6510.820,43
Profesional oficio de 2ª660,5431,14538,6510.820,43
Profesional oficio de 3ª660,5431,14538,6510.820,43
Chófer660,5431,14538,6510.820,43
Capataz660,5431,14538,6510.820,43
Mozo especializado660,5431,14538,6510.820,43
Mozo660,5431,14538,6510.820,43

* Grupo V
Cobrador660,5431,14538,6510.820,43
Viajante, sereno, ordenanza, portero660,5431,14538,6510.820,43
Personal de limpieza (hora)3,5753,55

ANEXO II

Plus compensación

Vigencia 1-1-2003 al 31-12-2003

Categoría profesional

Plus

compensación

año

Plus

compensación

mes

* Grupo I
Titulado grado superior690,0046,00
Titulado grado medio623,1041,54

* Grupo II
Director735,9049,06
Jefe de división679,3545,29
Jefe de personal668,1044,54
Jefe de compras668,1044,54
Jefe de ventas668,1044,54
Encargado general668,1044,54
Jefe de sucursales622,5041,50
Jefe de almacén622,5041,50
Jefe de grupo600,6040,04
Encargados de establecimiento, vendedor, comprador, subastador584,8538,99
Viajante570,9038,06
Corredor de plaza566,4037,76
Dependiente555,1537,01
Dependiente mayor605,8540,39
Ayudante538,6535,91

* Grupo III
Director735,9049,06
Jefe de división679,3545,29
Jefe administrativo636,6042,44
Analista de ordenador555,1537,01
Contable570,7538,05
Cajero570,7538,05
Oficial administrativo y operador de máquinas contables555,1537,01
Auxiliar administrativo perforista538,6535,91
Aspirante de 16 a 18 años390,1526,01
Auxiliar de caja546,7536,45

* Grupo IV
Jefe de sección de servicios600,6040,04
Jefe de taller622,5041,50
Profesional oficio de 1ª538,6535,91
Profesional oficio de 2ª538,6535,91
Profesional oficio de 3ª538,6535,91
Chófer538,6535,91
Capataz538,6535,91
Mozo especializado538,6535,91
Mozo538,6535,91

* Grupo V
Cobrador538,6535,91
Vigilante, sereno, ordenanza, portero538,6535,91
Personal de limpieza (hora)

ANEXO III

Plus ex antigüedad

Complemento ex antigüedad por cada año de servicio hasta el 31-12-1998

Vigencia 1-1-2003 al 31-12-2003

Categoría profesionalMensualAnual

* Grupo I
Titulado grado superior10,67160,05
Titulado grado medio9,58143,70

* Grupo II
Director11,40171,00
Jefe de división10,51157,65
Jefe de personal10,31154,65
Jefe de compras10,31154,65
Jefe de ventas10,31154,65
Encargado general10,31154,65
Jefe de sucursales9,58143,70
Jefe de almacén9,58143,70
Jefe de grupo9,24138,60
Encargados de establecimiento, vendedor, comprador, subastador9,00135,00
Viajante8,77131,55
Corredor de plaza8,71130,65
Dependiente8,53127,95
Dependiente mayor9,33139,95
Ayudante8,25123,75

* Grupo III
Director11,40171,00
Jefe de división10,51157,65
Jefe administrativo9,81147,15
Analista de ordenador8,53127,95
Contable8,77131,55
Cajero8,77131,55
Oficial administrativo y operador de máquinas contables8,53127,95
Auxiliar administrativo perforista8,25123,75
Aspirante de 16 a 18 años6,1592,25
Auxiliar de caja8,38125,70

* Grupo IV
Jefe de sección de servicios9,24138,60
Jefe de taller9,58143,70
Profesional oficio de 1ª8,25123,75
Profesional oficio de 2ª8,25123,75
Profesional oficio de 3ª8,25123,75
Chófer8,25123,75
Capataz8,25123,75
Mozo especializado8,25123,75
Mozo8,25123,75

* Grupo V
Cobrador8,25123,75
Vigilante, sereno, ordenanza, portero8,25123,75
Personal de limpieza (hora)0,040,60