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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 119 Viernes, 20 de junio de 2003 Pág. 8.117

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE ASUNTOS SOCIALES, EMPLEO Y RELACIONES LABORALES

ORDEN de 12 de mayo de 2003 por la que se declara de interés gallego la Fundación Familia Naveyra Goday y se ordena su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

Con fecha de 13 de marzo de 2003 fue publicada en el Diario Oficial de Galicia la orden de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública, de 26 de febrero de 2003, por la que se clasifica como benéfico-asistencial la Fundación Familia Naveyra Goday, adscribiéndola a la Consellería de Asuntos Sociales, Empleo y Relaciones Laborales, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.

El objeto de la fundación es según establece el artículo 2 de sus estatutos atender las necesidades perentorias, en cualquier forma que determine el órgano de gobierno, de las personas sin medios propios de fortuna, que elijan la residencia El Remanso sita en el barrio de Os Rosales de la ciudad de A Coruña, perteneciente a la Fundación El Remanso, de carácter benéfico-asistencial.

En tanto no esté en funcionamiento la residencia El Remanso, se podrán atender las necesidades perentorias en cualquier forma que determine el órgano de gobierno, de las personas sin medios propios de fortuna acogidas en cualquier fundación o asociación domiciliada en la Comunidad Autónoma de Galicia, cuyo fin sea la atención de personas sin medios propios de subsistencia.

Por todo esto, en virtud de las competencias que me confiere el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su presidente, y según lo establecido en el artículo 8 de la Ley 7/1983, de 22 de junio, de régimen de las fundaciones de interés gallego, modificada por la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, y el artículo 32.3º del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego,

DISPONGO:

Primero.-Declarar de interés gallego la Fundación Familia Naveyra Goday, al cumplir sus estatutos las prescripciones que, a tal efecto, señala la vigente legislación en materia de fundaciones de interés gallego.

Segundo.-Ordenar la inscripción de la Fundación Familia Naveyra Goday en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego, sección de la Consellería de Asuntos Sociales, Empleo y Relaciones Laborales, a los efectos constitutivos que señala el artículo 8 de la Ley 7/1983, de 22 de junio, de régimen de las fundaciones de interés gallego, modificada por la Ley 11/1991, de 8 de noviembre.

Tercero.-Dicha fundación queda sometida a lo dispuesto en el resto de la normativa de general aplicación, en especial, la obligación de dar publicidad suficiente a sus actividades y a la ausencia de ánimo de lucro en la prestación de sus servicios, quedando obligada ante el protectorado a rendirle cuentas anualmente y justificar, a través de una memoria anual, el cumplimiento de las cargas fundacionales, así como a presentarle el proyecto de presupuesto con anterioridad al inicio del ejercicio económico para el que se formula, y debiendo solicitar las preceptivas autorizaciones cuando sean necesarias.

Santiago de Compostela, 12 de mayo de 2003.

María José Cimadevila Cea

Conselleira de Asuntos Sociales, Empleo

y Relaciones Laborales