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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 81 Lunes, 28 de abril de 2003 Pág. 5.323

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

DECRETO 227/2003, de 3 de abril, por el que se acepta la cesión, a título gratuito, de un terreno situado en el ayuntamiento de Gondomar (Pontevedra), destinado a la construcción de una estación de autobuses.

El Pleno de la Corporación Municipal del Ayuntamiento de Gondomar, reunido en sesión celebrada el día 27 de noviembre de 2001, acordó ceder a la Comunidad Autónoma de Galicia una finca situada en el término municipal de Gondomar, destinado a la construccción de una estación de autobuses.

La Secretaría General y del Patrimonio tramitó el correspondiente expediente de aceptación de cesión, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 16, 17 y 23 de la Ley 3/1985, de 12 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia, y 33, 34 y 38 del Decreto 50/1989, de 9 de marzo, por el que se aprueba el reglamento para la ejecución de dicha ley.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Economía y Hacienda, hecha en los términos en los que el Ayuntamiento de Gondomar acordó la cesión, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día tres de abril de dos mil tres,

DISPONGO:

Artículo 1º

Se acepta la cesión hecha por el Ayuntamiento de Gondomar, a título gratuíto, de una finca situada en la calle Diego Sarmiento de Acuña, en el término municipal de Gondomar, de mil ochocientos cincuenta metros cuadrados. Linda: al norte, al este y al oeste, resto de la finca matriz, y al sur, calle Diego Sarmiento de Acuña.

Figura inscrita a nombre del Ayuntamiento de Gondomar finca 14182 al folio 194, libro 140 tomo 2.191 de Gondomar, inscripción 1ª.

Artículo 2º

La finca cedida se destinará a la construcción de una estación de autobuses.

Artículo 3º

La Consellería de Economía y Hacienda, a través de la Secretaría General y del Patrimonio, procederá a la formalización de la cesión en el correspondiente documento público y a la inscripción del bien en el Registro de la Propiedad a nombre de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Disposición final

La Consellería de Economía y Hacienda, a través de la Secretaría General y del Patrimonio, llevará a

cabo todos los trámites necesarios para la efectividad del presente decreto.

Santiago de Compostela, tres de abril de dos mil tres.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

José Antonio Orza Fernández

Conselleiro de Economía y Hacienda