Vista el acta de la revisión salarial para el año 2002 del convenio colectivo del sector de rematantes
y aserradores de madera, con nº de código 3601075, que tuvo entrada en esta delegación provincial de la Consellería de Asuntos Sociales, Empleo y Relaciones Laborales el día 13-2-2003, suscrita en representación de la parte económica por el Grupo Provincial de Rematantes y Aserradores de Madera, y de la parte social, por las centrales sindicales CC.OO., UGT y CIG, en fecha 12-2-2003. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del convenio colectivo y en el artículo 90.2º y 3º, del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo, y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de trabajo, esta delegación provincial
ACUERDA:
Primero.-Ordenar su inscripción en el libro de registro de convenios colectivos de trabajo, obrante en esta delegación provincial, y la notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.
Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relacioses Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación.
Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Vigo, 11 de marzo de 2003.
Joaquín Macías Sánchez
Delegado provincial de Pontevedra
Convenio colectivo del sector de rematantes
y aserradores de maderas de la provincia
de Pontevedra
Asistentes:
CC.OO.:
Marcos González Oliveira.
UGT:
Ramón Carrera Molares.
CIG:
José Juan Melón González.
Representación empresarial:
Antonio Pérez Jiménez.
José Bustos Rodríguez.
Jesús Vaquero Moreira.
Fernando Castro González.
Secretaria de actas:
Marta Iglesias Pereira.
En Vigo, en los locales de la Confederación Provincial de Empresarios de Pontevedra, siendo las dieciocho quince horas del día doce de febrero de dos
mil tres, se reúne la comisión paritaria del convenio colectivo de trabajo del sector de rematantes y aserradores de maderas de la provincia de Pontevedra, al objeto de aplicar la cláusula de revisión salarial establecida en el convenio. Asisten los señores arriba indicados.
Para 2002 el convenio colectivo establece un incremento salarial inicial del 2,5%. El IPC a 31 de diciembre de 2002 registró un incremento, respecto del 31 de diciembre de 2001, del 4%, por lo que, en aplicación del artículo 25, que establece que se efectuará una revisión salarial del 0,5% sobre el IPC registrado a 31 de diciembre de 2002, debe efectuarse una revisión salarial del 2%, que se pagará con efectos del 1 de enero de 2002, resultando la tabla salarial anexa (resultante de aplicar un incremento del 4,5% a la tabla salarial del año 2001).
ANEXO I
Tabla salarial 2002
Categoría 2002
Salario base
-Personal de fábrica y monte Encargado general 679,54 Encargado de sección y de producción 666,35 Oficial de 1ª, jefe de grupo, serrador de 1ª, galerista de 1ª, afilador y conductor de camión 661,89 Oficial de 2ª, serrador de 2ª, galerista de 2ª, tronzador mecánico, motosierrista, tractorista, carretillero y palista 641,90 Ayudante de afilador, ayudante de serrador, serrador de sierra circular, talador y guarda 621,28 Peón, medidor, y especialista de secadero 616,81 Aprendiz o pinche de 16 y 17 años 585,35
-Personal administrativo y técnico Jefe de oficina, jefe de oficina técnica, analista programador o de sistemas 729,92 Oficial de 1ª, delineante técnico especialista, programador 684,25 Oficial de 2ª, delineante técnico auxiliar, operador 648,54 Viajante y corredor de plaza 636,55 Auxiliar administrativo, telefonista 608,78
ANEXO II
Antigüedad consolidada al día 1-1-1998
Categoría 5 años 6 años 7 años 8 años 9 años Cada año más
-Personal de fábrica y monte Encargado general 28,07 33,69 39,30 44,91 50,53 5,61 Encargado sección-producción 27,50 33,00 38,50 44,00 49,50 5,50 Oficial 1ª, serrador 1ª, afilador 1ª 27,32 32,78 38,24 43,71 49,17 5,46 Oficial 2ª, serrador 2ª, palista 26,46 31,75 37,03 42,32 47,61 5,29 Ayudante de afilador-serrador, talador 25,57 30,68 35,80 40,91 46,03 5,11 Peón, especialista secadero 25,37 30,45 35,52 40,59 45,66 5,07
-Personal administrativo y técnico Jefe oficina, analista programador, etc. 30,24 36,28 42,33 48,38 54,42 6,05 Oficial 1ª, delineante especialista, progdor. 28,27 33,93 39,58 45,24 50,89 5,66 Oficial 2ª, delineante auxiliar, operador 26,74 32,09 37,44 42,79 48,14 5,35 Viajante, corredor de plaza 26,22 31,47 36,72 41,96 47,21 5,25 Auxiliar admtvo., telefonista 25,03 30,04 35,05 40,05 45,06 5,01
Se acuerda su remisión a la autoridad laboral al objeto de su registro y posterior publicación en el Diario Oficial de Galicia y BOP. Se autoriza a Marta Iglesias Pereira para llevar a cabo las gestiones necesarias. No habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión siendo las dieciocho treinta horas del día arriba indicado.