Vista el acta de la revisión salarial para el año 2003 del convenio colectivo del sector de limpieza de edificios y locales, con nº de código 3600895, que tuvo entrada en esta delegación provincial el día 30-1-2003, suscrita en representación de la parte económica por la Asociación Provincial de Empresarios de Limpieza de Edificios y Locales de Pontevedra, y de la parte social, por las centrales sindicales CC.OO., UGT y CIG, en fecha 28-1-2003. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 del convenio colectivo y en el artículo 90.2º y 3º, del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de trabajo, esta delegación provincial
ACUERDA:
Primero.-Ordenar su inscripción en el libro de registro de convenios colectivos de trabajo, obrante en esta delegación provincial, y la notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.
Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación.
Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Vigo, 4 de febrero de 2003.
Joaquín Macías Sánchez
Delegado provincial de Pontevedra
Convenio colectivo del sector de limpieza de edificios y locales de la provincia de Pontevedra
Asistentes:
CC.OO.: Carmen Segurana Bedrina.
UGT: Rosa Mª Acuña.
CIG: María do Tránsito Fernández.
Representación empresarial:
Adolfo González González
Paulina Díaz Lamela
Manuel Falque Comesaña
Secretario de actas: Pablo Búa Burgos.
En Vigo, en los locales de la Confederación de Empresarios de Pontevedra, siendo las diecisiete horas del día veintiocho de enero de dos mil tres, se reúne
la comisión paritaria del convenio colectivo del sector de limpieza de edificios y locales de la provincia de Pontevedra al objeto de aplicar la cláusula de revisión salarial establecida para el presente ejercicio. Asisten las personas reseñadas anteriormente.
A continuación se procede a aplicar el 1,3% de incremento sobre las tablas salariales, plus de transporte, plus de asistencia, dietas y horas extraordinarias, así como las diferencias o atrasos salariales producidos, como consecuencia de la aplicación retroactiva de los efectos económicos desde el 1 de enero de 2002, serán abonados por las empresas en el plazo máximo de 45 días naturales a contar desde la fecha de la resolución del delegado provincial de Trabajo, acordando su inscripción en el libro de registros de convenios colectivos y su publicación en el BOP, que quedan como sigue con efectos del 1-1-2002.
-Tabla salarial: ver anexo.
-Plus de transporte: 67,43 euros mensuales. Por cada día de ausencia al trabajo se descontará la cantidad de 3,03 euros.
-Plus de asistencia: 47,99 euros. Por cada día de ausencia al trabajo se descontará la cantidad de 2,16 euros.
-Dietas:
a) Media dieta: 13,10 euros/día.
b) Dieta completa: 23,27 euros/día.
c) Con pernoctación: 39,10 euros/día.
-Horas extraordinarias:
a) Hora extra: 5,32 euros.
b) Hora en domingo y festivo: 6,25 euros.
Ambas partes acuerdan su remisión a la autoridad laboral a efectos de su registro y posterior publicación en el BOP y Diario Oficial de Galicia.
No habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión siendo las dieciocho horas del día arriba indicado.
Tablas de salarios 2003. Limpieza de edificios y locales.
Categoría Euros
*Grupo I. Personal directivo y técnico
Subgrupo I. Personal directivo
Director 1.505.92
Director comercial 1.367,41
Director administrativo 1.367,41
Jefe de personal 1.367,41
Jefe de compras 1.367,41
Jefe de servicios 1.367,41
Subgrupo II. Personal titulado
Titulado grado superior 1.084,28
Titulado grado medio 963,23
Titulado laboral o profesional 819,18
*Grupo II. Personal administrativo
Jefe administrativo de 1ª 1.024.03
Jefe administrativo de 2ª 957,77
Cajero 867,41
Oficial de 1ª 819,20
Categoría Euros
Oficial de 2ª 728,88
Auxiliar 637,44
Telefonista 632,14
*Grupo III. Mandos intermedios
Encargado general 957,94
Supervisor o encargado de zona 867,42
Supervisor o encargado de sector 795,21
Encargado de grupo o edificio 687,94
Responsable de equipo 660,32
*Grupo IV. Personal subalterno
Ordenanza 632,14
Almacenero 632,14
Listero 632,14
*Grupo V. Personal obrero
Especialistas 696,98
Peón especialista 638,71
Limpiador o limpiadora 632
Conductor-limpiador 750,75
*Grupo VI. Personal oficios varios
Oficial 696,92
Ayudante 638,71
Peón 632