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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 71 Jueves, 10 de abril de 2003 Pág. 4.628

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2002, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense, por la que se hace pública la clasificación del monte Montes de Covas, a favor de los vecinos del lugar de Covas, en el ayuntamiento de Os Blancos (Ourense).

El Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense acordó, en la sesión celebrada en fecha dieciocho de diciembre de dos mil dos, adoptar el siguiente acuerdo:

Visto el expediente de clasificación del monte como vecinal en mano común denominado Montes de Covas, y la solicitud de los vecinos del lugar de Covas, del ayuntamiento de Os Blancos (Ourense).

Resultando que con fecha 18 de enero de 2000, tuvo entrada, en el registro de la delegación provincial de la Consellería de Medio Ambiente de Ourense, escrito dirijido al Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común firmado por los vecinos del lugar de Covas, ayuntamiento de Os Blancos (Ourense) solicitando que se declare el monte Montes de Covas, como vecinal en mano común.

Que con fecha 5 de mayo de 2000 los vecinos del lugar de Covas, que promovieron la clasificación del citado monte, presentan nuevo plano con el lindero del monte de los vecinos de Fonte Arcada corrigido respecto del que figura en la solicitud.

Resultando que el jurado provincial, en la sesión celebrada en fecha 12 de mayo de 2000, acordó tomar en consideración el citado escrito e iniciar el expediente de clasificación del monte designando instructores del mismo a Manuel Bouzas Costa y Miriam Areal López, quienes aceptaron tal cargo, librándose mandamiento para la anotación preventiva en el Registro de la Propiedad de Xinzo de Limia, y remitíendose comunicaciones dirigidas a los vecinos del lugar de Covas, al presidente de la Diputación Provincial de Ourense, al alcalde del Ayuntamiento de Os Blancos, a la delegación provincial da Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, a la Gerencia Territorial del Catastro, y al jefe del Servicio de Montes e Industrias Forestales, a la delegación provincial de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Política Agroalimentaria, publicándose edictos en el Diario

Oficial de Galicia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Os Blancos, durante el plazo de un mes según consta en diligencia extendida al dorso del edicto por el secretario del citado ayuntamiento para que durante el plazo señado en edictos los interesados puedan comparecer o intervenir en el mismo, en defensa de sus derechos, y no constando presentada ninguna alegación.

Resultando que la anotación preventiva de iniciación del expediente se practicó en el Registro de la Propiedad de Xinzo de Limia, como sigue:

«Anotación preventiva letra A de la finca registral 7.383, al folio 91, del tomo 679, libro 33 de Os Blancos».

Resultando que en fecha 5 de mayo de 2000, la comisión de vecinos promotora de la clasificación presenta escrito de corrección de error de la siguiente manera: en el lindero con el monte de los vecinos de Fonte Arcada y Mosteiro, en la zona denominada Esperón, el lindero va desde a Fonte da Cunca y continúa por el regato que recoge el agua que mana de esta fuente.

Resultando que en la tramitación del expediente se cumplieron todas las formalidades legales.

Considerando que el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común tiene jurisdicción y competencia para conocer los expedientes de clasificación de los montes que tengan tal carácter a tenor de lo establecido en el artículo 9 de la citada ley.

Considerando que el tipo de comunidad germánica que instituye la Ley de montes vecinales en mano común tiene como características esenciales las siguientes:

1) Que los condominios se unen por vínculos personales de vecindad agrupados en parroquias, aldeas, lugares, caseríos o barrios no constituidos formalmente en entidades municipales;

2) Que por lo tanto el número de titulares es variable e indeterminado;

3) Que el patrimonio colectivo es utilizado y aprovechado por el vecino, en cuanto miembro de la agrupación vecinal, faltando la idea de cuota en el sentido jurídico-romano;

4) Que el patrimonio y la participación es inalienable, imprescriptible e inembargable; y

5) Que la comunidad es indivisible, no pudiendo los comuneros pedir la actio communi dividundo.

Considerando que según informaciones y testimonios resulta que los montes citados son aprovechados y poseídos en régimen de comunidad germánica por los vecinos del lugar de Covas, en el ayuntamiento de Os Blancos (Ourense).

Los datos del citado monte son los que se referencian en la parte dispositiva de este acuerdo.

Considerando que de las informaciones recogidas resulta que los vecinos del lugar de Covas están conformes con la clasificación del citado monte como vecinal en mano común.

Considerando que a tenor de lo dispuesto en la Ley de montes vecinales en mano común, el expediente de clasificación se inició por acuerdo del jurado, a instancia de los vecinos del lugar de Covas y para que este jurado pudiese acordar la iniciación del expediente de clasificación.

Vista la Ley gallega 13/1989, de 10 de octubre, de montes veciñais en mano común y su reglamento, Decreto 260/1992, de 4 de septiembre, así como lo establecido en la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, de 26 de noviembre de 1992.

Visto el Decreto 14/2002, de 24 de enero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Medio Ambiente.

El Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común, a la vista de los antecedentes y fundamentos expuestos y por unanimidad de sus miembros,

ACUERDA:

Primero.-Clasificar el monte denominado Montes de Covas, de 326,302 ha, aproximadamente en conjunto de superficie, a favor de los vecinos del lugar de Covas, parroquia de Covas, en el ayuntamiento de Os Blancos (Ourense), y con los datos que a continuación se relacionan, como vecinal en mano común, en régimen de comunidad germánica.

Os datos do citado monte son:

Ayuntamiento: Os Blancos (Ourense).

Denominación: Montes de Covas.

Comunidad propietaria: lugar de Covas (parroquia de Covas).

Superficie: 326,302 ha, aproximadamente.

Linderos:

Norte: Teresa Vázquez Lorenzo, Sergio Gil Gómez, comunal de los vecinos de Aguis, Severo Gil Gíaz, Delmiro Gil Díaz, Francisco López Martínez y hermanos, Irene Rodríguez Araújo, Francisco Penín Rodríguez, Francisco Gómez Gómez, Maximino Fernández Barrio, Domingo Trigo Álvarez y hermanos, Rosa García García, Jesús Olmos Barrio, Andrés Barrio Feijoó, Delfín Castro Pena, Delfín Gómez Molinos, Manuel Molinos Campos, Marcial Rodríguez, y otros, regato de Porta da Veiga, y monte de los vecinos de Fonte Arcada, Os Blancos e Mosteiro -Esperón, Serra Ladeira y O Viso- y que va desde la Fonte da Cunca y continúa por el regato que recoge el agua que mana de esta fuente, y monte vecinal de los vecinos de Pixeiros que va desde la parcela con la referencia catastral 1.020 del polígono 46, en la revuelta del cortafuegos en línea recta al Penedo do Escaño y desde aquí en línea recta la esquina donde enlaza un cortafuegos - que deslinda fincas particulares con el monte Asperón- con el camino que baja

hacia Fonte Arcada.

Sur: término de Baltar (Ourense).

Este: Pura Casares Pérez, Agustín García Pérez, José Benito García Pérez, Urbano Penín Araújo, José Rodríguez Fernández, herederos Casimiro Pena Araújo, María Cota Lama, camino, Emilio Barrio Díaz, Antonio Pena Araújo, Hermesinda Cota Peaguda, Maximino Fernández Barrio, Dolores Trigo Trigo, María Benita Cuquejo Pérez, Adolfo Cuquejo Pérez, Hortensia Sotelo Lamas, herederos Teófilo Rodríguez, Ovidio Barrio Díaz, Rosa Rodríguez Sueiro, Servando Pena Casares, José Rodríguez Díaz, herederos María Sotelo, Modesto Moure Pena, Gumersindo Cuquejo Arias, Manuel Pérez González, herederos de Benedicta Fernández, José María Cuquejo Arias, Aurea Pena Araújo, Anuncia Salgado Díaz, herederos de Teófilo Rodríguez, Manuel Vidal y otros, camino, término de Baltar, y monte con los vecinos de Penalonga que va desde la esquina que forma el muro de las fincas 160 y 161 del polígono 44, en línea recta, con dirección oeste hasta el marco Cruz do Castelo (cruz en peña, sita al pie del que los vecinos

denominan Peneda da Raíña Loba) y continúa a la Cruz da Fonte da Cicha (cruz en peña situada al borde de un pequeño regato a unos 80 m al oeste de la Fuente de la Cicha)

Oeste: término de Baltar.

Segundo.-Que se proceda a la exclusión del citado monte de cualquier inventario, catálogo o registro público en el pueda figurar inscrito a favor de persona o entidade distinta a la que ahora se asigna su pertenencia.

Notifíquese esta resolución al alcalde-presidente del Ayuntamiento de Os Blancos, a los representantes de la comunidad vecinal, al Servicio de Montes e Industrias Forestales (Consellería de Medio Ambiente), a los que se les hará saber que esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede ser objeto de recurso de reposición potestativo ante este Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ourense en el plazo de dos meses, ámbos plazos a partir del día siguiente de la publicación en el Diario Oficial de Galicia. (arts. 109 y 116 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y arts. 8 y 46 de la Ley 29/1998, do 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa).

Lo que por orden del presidente del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común se hace público en el Diario Oficial de Galicia, para general conocimiento.

Ourense, 19 de diciembre de 2002.

Miriam Areal López

Secretaria del Jurado Provincial de Clasificación de

Montes Vecinales en Mano Común de Ourense

Vº Bº

Agustín Prado Verdeal

Presidente del Jurado Provincial de Clasificación de

Montes Vecinales en Mano Común de Ourense