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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 69 Martes, 08 de abril de 2003 Pág. 4.433

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE ASUNTOS SOCIALES, EMPLEO Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 27 de febrero de 2003, de la Dirección General de Relaciones Laborales, por la que se dispone la inscripción en el registro y la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, de la revisión salarial del convenio colectivo de editoriales para el año 2002.

Visto el texto para la revisión salarial del convenio colectivo de editoriales, que suscribió la comisión mixta paritaria del referido convenio el 10 de febrero

de 2003, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2º y 3 del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, y en el Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo.

Esta Dirección General de Relaciones Laborales

ACUERDA:

Primero.-Ordenar la inscripción de dicha revisión salarial en el registro general de convenios de esta dirección general.

Segundo.-Remitir el texto original al correspondiente servicio de este centro directivo.

Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 27 de febrero de 2003.

Pilar Cancela Rodríguez

Directora general de Relaciones Laborales

En Vigo, en la sede de la Asociación Galega de Editores, siendo las 17 horas del día 10 de febrero de 2003, con la asistencia de Fabiola Sotelo Sotelo, Pilar Sampil Sánchez y José Manuel Fernández Cadahía, en representación de la Asociación Galega de Editores y de Manuel Martínez Barreiro, Fernando Fernández González y Jesús Costas Argibay, en representación del sindicato Confederación Intersindical Galega (CIG), se celebra la reunión de la comisión mixta paritaria del convenio gallego de editoriales, con el siguiente orden del día:

1º Cláusula de revisión salarial de año 2002.

2º Tabla salaraial del año 2003.

Se adoptan los siguientes acuerdos:

1º Actualización de las retribuciones salariales del año 2002, motivada por la diferencia entre el aumento del 3% realizado en el año 2002, y el IPC real del año 2002 calculado para Galicia por el Instituto Nacional de Estadística, 4,3%.

De acuerdo con los artículos 7.3º1 y 7.3º2 del convenio colectivo gallego de editoriales se establece que:

Con el efecto retroactivo el 1 de enero de 2002, la comisión mixta paritaria acuerda proceder a la actualización del salario base y del complemento lineal del convenio conforme a la tabla salarial anexa I.

2º Para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2003, el porcentaje de aumento de la cuantía del salario base y el complemento lineal es del 2,5%.

Conforme a los artículos 7.3º1 y 7.3º2 del convenio colectivo gallego de editoriales se establece que:

Con efecto retroactivo el 1 enero de 2003 la comisión paritaria mixta acuerda proceder a la actualización del salario base y del complemento lineal del convenio, conforme a la tabla salarial anexa II.